Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2016 (06/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 6 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

596313

Concejo Municipal, asistentes a la Sesion Extraordinaria de la fecha. ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR, la Declaratoria en Situación de Emergencia el Distrito de Santa Rosa, a fin de que se adopten las medidas inmediatas que conlleven a la prevención del posibles desastres conforme a los Estudios de Microzonificación y riesgo ante sismo y tsunami en zonas urbanas, realizadas por la Universidad Nacional de Ingeniería y el Ministerio de Vivienda construcción y saneamiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, y la Subgerencia de Defensa Civil el coordinar las acciones necesarias para el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Institucional de la Municipalidad (www.munisantarosa-lima.gob.pe.) Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ARCE ARIAS Alcalde 1412217-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SANCHEZ CARRION
Aprueban la delimitación de área urbana en el caserío Shiracmaca, distrito Huamachuco
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 308-MPSC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZ CARRIÓN VISTO: El Oficio Nº 032-2016-MPSC-Hco-GEIDURADUR/temch, mediante el cual se alcanza la propuesta de Delimitación de Área Urbana en el Caserío Shiracmaca; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión, en Sesión Ordinaria Nº 007, de fecha 07 de Abril del 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades en el Artículo 194º, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el numeral 1.2 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función específica exclusiva de las municipalidades provinciales, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos, de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA, las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural, aprobarán los

siguientes instrumentos 3.3 Planeamiento Integral (PI)... (Entre otros); Que, asimismo el Artículo 23.1 del mismo texto legal señala que el Planeamiento Integral es un instrumento técnico ­ normativo mediante el cual se complementan lo dispuesto por el PDM y/o PDU en los procesos de habilitación urbana y en la parcelación o independización de terrenos rústicos. Comprende la Red de vías y los usos de la totalidad del predio, así como una propuesta de integración a la trama urbana más cercana, y según lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones ­ RNE; Que, adecuándose al Plano de Zonificación General de Usos de Suelo, al Esquema Vial del Esquema Director 2005-2010 de la ciudad de Huamachuco, aprobado según Ordenanza Municipal Nº 033-MPSC y vigente a la fecha mediante Ordenanza Nº 266-MPSC, se ha realizado la propuesta de Delimitación de Área Urbana en el Caserío Shiracmaca; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Artículo 9º inciso 5), es atribución del Concejo Municipal, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Sesión Ordinaria Nº 007, de fecha 07 de Abril del 2016, el Pleno ACORDÓ: Aprobar la ordenanza Municipal que Aprueba el Plan Director de Shiracmaca, que consta de dos artículos; Estando a lo expuesto, con las visaciones de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento, Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Asesoría Jurídica y Área de Desarrollo Urbano y Rural, y en uso de las atribuciones conferida por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DELIMITACIÓN DE ZONA URBANA EN EL CASERÍO SHIRACMACA Artículo 1º.- APROBAR la Delimitación de Área Urbana en el Caserío Shiracmaca, Distrito Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión, Región La Libertad, la cual debe considerarse como parte integrante del Esquema Director 2005-2010 de la ciudad de Huamachuco, documento que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; y que cuenta con área, perímetro y coordenadas siguientes:
PERIMETRO DE AREA URBANA CUADRO DE CORDENADAS UTM Datum Horizontal ­ WGS84 ­ (Zona 17)
LOTE MATRIZ VERTICE P1 P2 P3 P4 P5 P6 P7 P8 P9 P10 P11 P12 P13 P14 P15 P16 P17 P18 LADO P1-P2 P2-P3 P3-P4 P4-P5 P5-P6 P6-P7 P7-P8 P8-P9 P9-P10 P10-P11 P11-P12 P12-P13 P13-P14 P14-P15 P15-P16 P16-P17 P17-P18 P18-P19 DIST. 524.21 115.83 159.37 86.78 113.34 307.13 117.99 226.91 131.94 663.90 129.73 88.26 65.27 61.15 207.70 86.16 190.64 88.60 ANGULO 226º29'50" 228º5'35" 85º12'50" 118º54'60" 158º37'55" 152º50'47" 274º6'56" 76º9'26" 280º39'25" 84º33'5" 96º26'47" 271º30'51" 224º46'2" 162º11'20" 134º39'28" 171º50'23" 117º34'2" 172º9'45" ESTE 830202.63 830550.12 830665.94 830651.58 830572.14 830458.89 830180.05 830138.41 829951.42 829898.08 829319.10 829369.47 829287.26 829227.38 829166.52 829006.77 828948.99 829015.17 NORTE 9134768.67 9135161.14 9135161.92 9135320.65 9135355.59 9135360.29 9135231.58 9135341.98 9135213.44 9135334.11 9135009.26 9134889.71 9134857.60 9134883.55 9134889.54 9134756.81 9134692.91 9134514.12

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