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605502 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2016 / El Peruano ANEXO 06: “MODELO DE INFORME FINAL DE VERIFICACIÓN” “DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ” “AÑO DE (COLOCAR AÑO QUE CORRESPONDA)” INFORME FINAL N° - (COLOCAR SIGLAS DE ACUERDO A TABLA DE CODIFICACION) A : Jefe de la Unidad de Control de las Filtraciones u OSPE, según tipo de ofi cina (COLOCAR UNIDAD DE CONTROL DE LAS FILTRACIONES U OSPE, SEGÚN TIPO DE OFICINA, A QUIEN SE DIRIGE INFORME) De : Verifi cador de la Unidad de Control de las Filtraciones u OSPE, según el tipo de ofi cina (COLOCAR NOMBRE DE LA UNIDAD DE CONTROL DE LAS FILTRACIONES U OSPE, SEGÚN EL TIPO DE OFICINA) Asunto : Verifi cación de la Condición de Asegurado de (COLOCAR NOMBRE DEL ASEGURADO) Referencia : Orden de Verifi cación Nº…………………………… Período verifi cado del (dd/mm/ aa) al (dd/mm/aa) ANEXOS ANEXO 02: “ORDEN DE VERIFICACIÓN” Orden de Verifi cación N° Ciudad y Fecha: Razón Social/ Apellidos y Nombres: Tipo y Número de Documento: Domicilio real () / fi scal ( ): Presente.- Nos dirigimos a Usted, para comunicarle que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29135, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1172, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-TR, se dará inicio al procedimiento de verifi cación del(los) siguiente(s) asegurado(s): N° Nombres y Apellidos DNI Período a Verifi car – Fecha de Inicio de la afi liación Desde el aa/mm Desde el aa/mm Desde el aa/mm Para llevar a cabo este procedimiento se ha designado a los siguientes verifi cadores: N° Nombres y Apellidos DNI En virtud de lo dispuesto en el Artículo 11° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-TR, le solicitamos poner a disposición del personal verifi cador los siguientes documentos: 1) Contrato de Trabajo del asegurado 10) Documentos de asignación de funciones del asegurado 2) Declaraciones Tributarias-PDT- últimos seis (06) meses 11) Documentos presentados por el trabajador al empleador que evidencien las funciones desarrolladas en los últimos seis (06) meses 3) Registro en el MTPE 12) Registro de Ventas. Comprobantes de pago que emite 4) Registros especiales según su actividad económica 13) Registro de Compras. 5) Planilla de Sueldos o Remuneraciones/ Planilla Electrónica 14) Relación de Productos o Servicios que vende 6) Boletas de Pago del asegurado de los últimos seis (06) meses 15) Carta de empleador para depósito de CTS de los últimos semestres. 7) Partes diarios de Asistencia de los últimos seis (06) meses 16) CIR empleador de trabajadora del hogar 8) Seis (06) últimos pagos de Aporte ONP/AFP del asegurado 17) Título de propiedad, Titulo de Posesión, Contrato de Arrendamiento o cesión de Uso del terreno donde se realiza la actividad Agraria 9) Descansos médicos de los últimos doce (12) meses El verifi cador, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 07° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-TR, está facultado para iniciar la verifi cación inmediatamente después de recibida la Orden de Verifi cación, ingresar al centro de trabajo, levantar actas, practicar cualquier diligencia de investigación, examen o prueba que considere necesario, requerir información e identifi cación de las personas que se encuentren en el centro de trabajo materia de la acción de verifi cación y solicitar la comparecencia de la entidad empleadora o sus representantes, de los trabajadores y de cualesquiera sujetos incluidos en su ámbito de actuación en el centro inspeccionado. El empleador debe permitir el ingreso a los funcionarios y/o servidores públicos en el centro de trabajo, lugar o establecimiento donde se lleva a cabo la verifi cación, colaborar con ellos durante su visita y facilitar la información y documentación que le sea solicitada para desarrollar la función de verifi cación. Cabe precisar que el incumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior constituye infracción tipifi cada en el Artículo 25° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-TR, estando sujetos a las sanciones contenidas en el anexo de Tabla de Infracciones y Sanciones contenidas en el referido Decreto Supremo. Si usted desea confi rmar la identidad de los servidores designados podrá acceder a la siguiente dirección electrónica http://www.essalud.gob.pe/agencias-y- ofi cinas-de-seguros/ y/o comunicarse telefónicamente al número (Teléfono y anexo de la Unidad de Control de las Filtraciones u OSPE, según el tipo de ofi cina) en el (horario de atención) para comprobar su identidad. Base Legal: Ley N° 29135 reglamentada por el Decreto Supremo N° 002-2009-TR. ------------------------------------------------------------------------ Firma y Sello del Jefe Unidad de Control de las Filtraciones u OSPE, según el tipo de ofi cina