Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2016 (01/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Vial Puente Pucusana ­ Cerro Azul ­ Ica de la Carretera Panamericana Sur ­ R01S, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Autorización para suscribir la Adenda Nº 9 al Contrato de Concesión Autorizar a la Viceministra de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1459447-1

Aprueban características y especificaciones técnicas de la Calcomanía Oficial, del papel de seguridad de los Certificados y los Códigos de los Centros de Inspección Técnica Vehicular, para el año 2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5573-2016-MTC/15 Lima, 23 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29237, se crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, con el objeto de certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos automotores, el cumplimiento de las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normatividad nacional, así como garantizar la seguridad del transporte y tránsito terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares (en adelante, "RNITV"), a efectos de regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares a través de procedimientos y condiciones de operación de los Centros de Inspección Técnica Vehicular autorizados que realizan la inspección técnica vehicular de los vehículos y emiten Certificados de Inspección Técnica Vehicular, con la finalidad de certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional, garantizando con ello, la seguridad del transporte y tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del RNITV establece que la Calcomanía Oficial de Inspección Técnica Vehicular es el distintivo visible que evidencia que el vehículo ha aprobado la inspección técnica vehicular en un Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV autorizado; Que, asimismo, el numeral 6.2 del artículo 6 del RNITV establece que únicamente podrán circular por las vías púbicas terrestres a nivel nacional, aquellos vehículos que hayan aprobado las inspecciones técnicas vehiculares; Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del RNITV, señala que la Policía Nacional del Perú, fiscalizará que por las vías públicas terrestres a nivel nacional, sólo circulen vehículos que hayan aprobado la inspección técnica vehicular; Que, con la finalidad de optimizar la labor de fiscalización, resulta necesario diferenciar la Calcomanía Oficial de Inspección Técnica Vehicular estableciendo un color distinto para cada semestre del año en los casos que corresponda, así como, disponer que el color de la trama del papel de seguridad de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular sea del mismo color de la Calcomanía Oficial de Inspección Técnica Vehicular; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 10 del RNITV, las características y especificaciones técnicas de la Calcomanía Oficial y Certificado de Inspección Técnica Vehicular, deben ser aprobados por la Dirección General de Transporte Terrestre mediante Resolución Directoral;

Que, asimismo, la Tercera Disposición Complementaria Final del RNITV, señala que el MTC expedirá las normas complementarias necesarias para la aplicación del RNITV, mediante resoluciones de la Dirección General de Transporte Terrestre; Que, considerando el Informe Nº 940-2016-MTC/15.01 de la Dirección de Regulación y Normatividad y la relación de la Centros de Inspección Técnica Vehicular vigentes, remitida por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial a través del Memorándum N° 2848-2016-MTC/15.03, resulta procedente aprobar las Características y Especificaciones de la Calcomanía Oficial de Inspección Técnica Vehicular y del Papel de Seguridad del Certificado de Inspección Técnica Vehicular para el año 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, Ley del Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008MTC y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Calcomanía Oficial de Inspección Técnica Vehicular para el año 2017 Aprobar para el año 2017, las Características y Especificaciones Técnicas de la Calcomanía Oficial de Inspección Técnica Vehicular destinada a ser colocada en los vehículos que hayan aprobado la Inspección Técnica Vehicular, conforme al Anexo N° 1 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobación del Papel de Seguridad de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular para el año 2017 Aprobar para el año 2017, las Características y Especificaciones Técnicas del papel de seguridad de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular destinada a ser entregada al usuario del vehículo que haya aprobado la Inspección Técnica Vehicular correspondiente, conforme al Anexo N° 2 de la presente Resolución. Artículo 3.- Aprobación del Anexo Nº 3 con los Códigos de los Centros de Inspección Técnica Vehicular Aprobar para el año 2017, el Anexo Nº 3 donde se listan los códigos de los Centros de Inspección Técnica Vehicular a ser consignados en los números de serie de los Certificados de Inspección Técnica Vehicular y de las Calcomanías Oficiales de Inspección Técnica Vehicular. La Dirección General de Transporte Terrestre asignará los códigos a los nuevos Centros de Inspección Técnica Vehicular que sean autorizados. Artículo 4.- Información a la Dirección General de Transporte Terrestre El Centro de Inspección Técnica Vehicular deberá informar a la Dirección General de Transporte Terrestre la cantidad y el rango de los números de serie impresos en los Certificados de Inspección Técnica Vehicular y en las Calcomanías Oficiales de Inspección Técnica Vehicular. Asimismo, deberá informar el número de serie del Certificado de Inspección Técnica que sea anulado. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http:// www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS. Artículo 6.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Directora General Dirección General de Transporte Terrestre

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