Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2016 (03/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de diciembre de 2016 /

El Peruano

660,02 m² conforme al Plano Diagnóstico N° 3134-2016/ SBN-DGPE-SDAPE (folio 27); Que, realizada la inspección técnica con fecha 13 de abril de 2016 (folio 26) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza ribereño al mar, de forma irregular, tiene una topografía variada con pendientes que oscilan de plana o casi a nivel hasta moderadamente empinada, formando colinas medias y bajas, tiene un tipo de suelo arenoso con presencia de pedregosidad superficial en forma aislada, la presencia de acantilados limita la existencia de playas, a la fecha de la inspección se encontraba desocupado; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA "Reglamento de la Ley N° 29151" dispone que la primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde llevar a cabo el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 1 078 660,02 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 002-2016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución N° 052-2016/SBN, que regula el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1421-2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 12 de octubre de 2016 (folios 36 al 38); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 078 660,02 m², ubicado entre los kilómetros 354 y 358 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma y departamento de Áncash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII ­ Oficina Registral de Casma de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1459673-4 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1045-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de noviembre de 2016 Visto el Expediente N° 1114-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera

inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 152 255,20 m², ubicado a la altura del kilómetro 263 de la carretera Panamericana Norte, al Sur de la playa Las Zorras, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Áncash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 152 255,20 m², ubicado a la altura del kilómetro 263 de la carretera Panamericana Norte, al Sur de la playa Las Zorras, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Áncash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII ­ Sede Huaraz, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 28 de setiembre de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 1032-2016-Z.R.N°VII/OCOR-CASMA-R (folios 11 y 12) donde señala que no existe superposición gráfica con predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 14 de abril de 2016 (folio 14) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, ribereño al mar, árido, de forma irregular, tiene un tipo de suelo de textura arenosa, con presencia de pedregosidad superficial y afloramiento de la roca madre en las partes altas de la colinas, la presencia de acantilados limita la presencia de playas, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 002-2016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución N° 052-2016/ SBN, regula el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde llevar a cabo el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 152 255,20 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 0022016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución N° 052-2016/SBN, que el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1414-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 11 de octubre de 2016 (folios 22 al 24); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 152

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