Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2016 (03/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 3 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Aprueban Directiva "Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital - CPP)
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 296-2016-CE-PJ Lima, 16 de noviembre de 2016. VISTOS: El Oficio Nº 458-2016-ETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y, el Informe N° 101-2016-NOR-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente Normativo de la Secretaría Técnica del mencionado equipo técnico. CONSIDERANDO: Primero. Que el Informe N° 101-2016-NOR-ST-ETICPP/PJ, elaborado por el Componente Normativo de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, emite opinión sustentatoria respecto a la necesidad de aprobar una Directiva que regule el funcionamiento del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital - CPP). Segundo. Que si bien, mediante Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ se creó el Equipo Técnico Institucional nacional y distrital, como órganos que coadyuven a la implementación y aplicación del proceso penal, existe una serie de contingencias y situaciones presentadas en cada sede judicial, que han sido elevadas al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, sin considerar que el Equipo Técnico Distrital es el órgano de primera instancia que resuelve los conflictos administrativos presentados en la respectiva sede. Tercero. Que, por lo tanto, resulta necesario establecer lineamientos específicos que estarán contenidos en la directiva que forma parte integrante de la presente resolución administrativa, la misma que dará dinámica y actividad al Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal en cada sede judicial del país, conteniendo instrumentos que determinarán las funciones y procedimientos a cumplir por los órganos jurisdiccionales y administrativos de las Cortes Superiores. Cuarto. Que, asimismo, la directiva propuesta establece la posibilidad de reconocer la labor realizada por los miembros del Equipo Técnico Distrital, a fin que la Presidencia de Corte Superior, al finalizar su gestión, emita una resolución de reconocimiento de la gestión realizada por los miembros de dicho equipo (jueces, coordinadores y administrador); y, que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emita, también, un reconocimiento de la labor efectuada en la referida implementación, otorgada a cada Presidente de Corte Superior, una vez finalizada cada gestión. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 9172016 de la cuadragésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 011-2016-CE-PJ "Lineamientos de Aplicación del Equipo

Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital - CPP), que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Productividad Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1460273-2

Disponen la realización de gestiones para llevar a cabo la suscripción de un nuevo Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial, Ministerio de lnterior y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fin de dar continuidad al funcionamiento de los Juzgados de Paz Letrado que funcionan en Comisarías
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 301-2016-CE-PJ Lima, 23 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1284-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 071-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Oficio Nº 9495-2014-CE-PJ el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial remitió a la Oficina de Productividad Judicial la documentación contenida en el Oficio Nº 1501-2014GG/PJ, del Gerente General (e) del Poder Judicial, para que previa evaluación de los Juzgados de Paz Letrado de Comisarías, en cuanto a infraestructura, ubicación, número de plazas de jueces y personal jurisdiccional e ingresos y producción judicial, se presente a este Órgano de Gobierno una propuesta respecto al funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales a nivel nacional. Segundo. Que, por Oficio N° 1284-2016-OPJ-CNPJCE-PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 071-2016-OPJCNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: I. Respecto a la vigencia del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, para la instalación de Juzgados de Paz Letrado de Comisarías a nivel nacional: a) Mediante Oficio Nº 099-2016-GP-GG-PJ, el Gerente de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial remitió el Oficio Nº 1607-2016-CE-PJ de la Secretaría General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que adjunta el Informe Nº 43-2016-OCSM-CI. CE/PJ elaborado por la Responsable de la Oficina de Coordinación, Seguimiento y Monitoreo de Convenios Interinstitucionales del Poder Judicial, por el cual concluyó, entre otros aspectos, que el Convenio Marco se encuentra vencido y carece de objeto evaluar la suscripción de una Adenda, recomendando que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de Planificación, emita opinión sobre la viabilidad de la propuesta de

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