Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2016 (03/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 3 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, por convenir a los intereses institucionales, corresponde ejecutar las acciones administrativas a efectos de designar al profesional que asumirá el cargo de Asesor (a) de la Jefatura del Seguro Integral de Salud; debiendo disponerse, adicionalmente, la designación temporal del profesional que ejercerá las funciones de Gerente (a) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Con el visto bueno de la Secretaria General, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Director General (e) de la Oficina General de Administración de Recursos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; y, en concordancia con lo dispuesto en los numerales 11.8 y 11.9 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal del economista Carlos Rodríguez Cervantes en el cargo de Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 254-2016/ SIS, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios al economista Guillermo Mosqueira Lovon, en el cargo de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Designar temporalmente al economista Guillermo Mosqueira Lovon, en el cargo de Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en adición a sus funciones como Asesor de la Jefatura. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Jefatural a los servidores mencionados en los artículos precedentes y a las unidades orgánicas del Seguro Integral de Salud para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 5.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS Jefe del Seguro Integral de Salud 1460430-1

eriazo de 102 083,71 m², ubicado al Este de la cima del acantilado que da a la playa Acapulco, a unos 940 metros al Suroeste del estadio Municipal de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nasca y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 102 083,71 m², ubicado al Este de la cima del acantilado que da a la playa Acapulco, a unos 940 metros al Suroeste del estadio Municipal de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nasca y departamento de Ica, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° XI ­ Sede Ica, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 02 de agosto de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 0760-2016-Z.R.N°-XI/URNASCA de fecha 06 de julio de 2016 (folio 21) donde señala que no existe superposición con predios inscritos inmatriculados e incorporados en las bases cartográficas catastrales de las propiedades inscritas con la que cuenta la oficina de catastro de la Zona Registral Nº XI; Que, realizada la inspección técnica con fecha 01 de setiembre de 2016 (folio 27) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, tiene un tipo de suelo arenoso y con presencia de gravosidad que va desde libre a ligeramente gravoso, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 002-2016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución N° 052-2016/ SBN, regula el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde llevar a cabo el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 102 083,71 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 0022016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución N° 052-2016/SBN, que el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1307-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 21 de setiembre de 2016 (folios 36 al 38); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 102

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Ica y Áncash
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1041-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de noviembre de 2016 Visto el Expediente N° 928-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno

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