Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2016 (15/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Jueves 15 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, el artículo 16 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 40 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establecen que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan obligatoriamente mediante Concurso Público, cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una misma banda y localidad, es menor al número de solicitudes admitidas; Que, asimismo, el artículo 42 del citado Reglamento dispone que los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusión se realizan bajo la conducción de un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas conformado por cinco (5) miembros, el mismo que se encargará de la preparación de las Bases y conducción del Concurso Público hasta que la Buena Pro quede consentida o firme administrativamente, siendo designado por Resolución Viceministerial; Que, en tal sentido, con Resolución Viceministerial N° 353-2016-MTC/03, modificada mediante las Resoluciones Viceministeriales Nos. 704, 1030, 1299 y 1466-2016MTC/03, se designó al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas, que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2016; Que, el Despacho Viceministerial de Comunicaciones, a través del Informe N° 385-2016-MTC/03.AS, señala que los señores Roxana Patricia Díaz Iberico y Abel Luis Mellado Ochoa, Miembro Titular y Presidente Alterno del Comité, respectivamente, han dejado de prestar sus servicios para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, resulta necesario modificar la conformación del citado Comité, designando en sus reemplazos a los señores Britcia Annet Rodríguez Chumpitazi y Luis Humberto Ames Sora, respectivamente, ambos profesionales de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278 y sus modificatorias, así como su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 353-2016-MTC/03, modificada por las Resoluciones Viceministeriales Nos. 704, 1030, 1299 y 1466-2016-MTC/03, que designó al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas, que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2016, el cual quedará integrado por las siguientes personas: Miguel Ángel Arce Trujillo Greysi Lorena Campos Carrizales Susan Edith Calderón Ríos Britcia Annet Rodríguez Chumpitazi David Eduardo Chirinos Soriano Luis Humberto Ames Sora Mercedes Lucila Alonso Erazo Rosa Martha Mamani Vilca Gabriela Mendoza Azpur Edgar Raúl Aparicio Zavaleta Presidente Titular. Miembro Titular. Miembro Titular. Miembro Titular. Miembro Titular. Presidente Alterno. Miembro Alterno. Miembro Alterno. Miembro Alterno. Miembro Alterno.

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan director titular representante del Gobierno Regional de Apurímac en el Directorio de la Empresa EMUSAP ABANCAY S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2016-VIVIENDA Lima, 14 de diciembre de 2016 VISTOS; el Memorándum Nº 891-2016-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustentado en el Informe Nº 378-2016-VIVIENDA/VMCS-DGPRCSDS de la Dirección de Saneamiento y el Informe N° 1067-2016-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1240, en adelante la Ley General, tiene por objeto establecer las normas que rigen la prestación de los servicios de saneamiento, señalando el marco a que se someten todos los prestadores de servicios de saneamiento y sus usuarios a nivel nacional, tanto en el ámbito urbano como en el rural; Que, el artículo 20 de la citada Ley General, establece que el directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales - EPS se encuentra compuesto, en el caso de las EPS municipales de menor tamaño por tres (3) miembros, entre otros, por un (1) representante del Gobierno Regional, propuesto por el Consejo Regional a través de Acuerdo de Consejo Regional; Que, el artículo 20-A de la Ley General establece que, la elección o designación de los miembros del directorio de una EPS municipal, salvo la del(os) miembro(s) del directorio representante(s) de la(s) municipalidad(es) accionista(s) que realiza la Junta General de Accionistas, es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial, la cual tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente; Que, la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1240, crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de ejecutar la política del sector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las EPS, y que cuenta en su estructura orgánica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, la Empresa Prestadora de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Abancay Sociedad Anónima Cerrada ­ EMUSAP ABANCAY S.A.C., presentó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al candidato designado por el Gobierno Regional de Apurímac, a fin de formalizar su designación como director titular en el Directorio de la citada EPS; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del Gobierno Regional en el Directorio de EMUSAP ABANCAY S.A.C., en atención a lo indicado en el Memorándum Nº 891-2016-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustentado en el Informe Nº 378-2016-VIVIENDA/VMCS-DGPRCSDS de la Dirección de Saneamiento y el Informe N°.1067-2016-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y a los miembros del mencionado Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1463310-1

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