Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2016 (21/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de diciembre de 2016 /

El Peruano

electrónico de la Presidencia de Consejo de Ministros; b) Análisis de Estructura (i) Razones que sustentan la creación de cada uno de los nuevos órganos y unidades oprgánicas, cuando corresponda. Para estos efectos, debe desarrollarse una explicación detallada de por que las nuevas funciones no pueden ser asumidas por los órganos existentes; (ii) El organigrama vigente ; y (iii) el organigrama propuesto; c) Análisis de no duplicidad de funciones, con énfasis en las funciones generales de la Entidad y en las de sus órganos de linea, en relación con otras entidades del sector público que realizan funciones o actividades similares o que persiguen fines iguales o semejantes; d) En caso de que la nueva estructura implique cambios sustantivos en el Cuadro de Asignación de Personal, se incluirá la propuesta del nuevo CAP, se entiende por cambios sustantivos el incremento, reducción o reubicación interna de al menos quince por ciento (15%) del personal de la entidad; e) De ser el caso se incluirá un acápite en el cual se explique la simplificación y optimización de procesos con detalle y justificación de cada uno y su especialización; f) siempre que se establezca la posibilidad de tercerizar determinadas labores de los órganos de asesoramiento o de apoyo de la entidad, se incluirá la identificación de los órganos responsables de la supervisión de las actividades tercerizadas; Sección 2. Análisis de consistencia En este del informe se debe sustentar la coherencia entre la estructura orgánica propuesta y los objetivos institucionales contemplados en documentos de planeamiento de carácter multianual y otros instrumentos que expresen las politicas sectoriales, regionales o locales; Sección 3. Efectos presupuestales En esta seccióhn del informese debe sustentar la coherencia entre la estructura orgánica propuesta y el financiamiento con que cuenta la entidad con un horizonte de tres años. Para ello se incluirá la siguiente información: a) Cuadro comparativo de los gastos de operación de la estructura vigente y la propuesta, b) Cuando se haya previsto la tercerización de determinadas labores de los órganos de asesoramiento o de apoyo de la entidad, se incluira el análisis costo-beneficio que sustenta esa d cisión; c) Por excepción, en el caso que la nueva estructura orgánica representa un mayor gasto corriente para la entidad, deberá incluirse la sustentación del financi amiento de éste así como la proyección d e gasto corriente con un horizonte de tres años; Que, por otro lado, cabe señalar lo aprobado por la Ordenanza Nº 013-2015-MPC (Ordenanza que aprueba la Creación de la Sub Gerencia de la Juventud dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social): Artículo 1. APROBAR la creación de la unidad órganica de la Sub Gerencia de la Juventud dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social; Artículo 2. INCORPORAR dentro de los artículos 90, 107 del Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MPC , el punto 09.2.6 Sub Gerencia de la Juventud; Artículo 3. INCORPORAR los artículos 124A, 124B, 124C, 124D al Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municpalidad Provncial de Cañete, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MPC, quedando de la siguiente manera: (...); Artículo 4. INCORPORAR en la estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Cañete en el Artículo Nº 02, DENTRO DE LA Gerencia de Desarrollo Social y Humano, la Sub Gerencia de la Juventud, quedando la estructura orgánica en su organigrama de la siguiente manera: (...) 07 ORGANOS DE ASESORAMIENTO 07.1 Oficina de Asesoría Jurídica 07.2 Oficina de Planeamiento, Presupuesto Informática (...) 08 ORGANOS DE APOYO 08.1 Oficina de Secretaría General Que, en los antecedentes documentarios que dieron origen a la aprobación de la Ordenanza Nº 013-2015MPC, no obran los informes técnicos de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, Sub Gerencia

de Recursos Humanos e Informe Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, ello resulta evidente de una simple lectura de los considerandos de la Ordenanza Nº013-2015-MPC, en la que solo hace mención a normas legales y no se sustentan en los informes de las áreas pertinentes; Que, en la aprobación de la Ordenanza Nº 013-2015MPC, no se siguió el procedimiento establecido en el Art. 30º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, la Ordenanza materia de análisis en su Art. 2º (incorpora los Art . 90 y 107) y Art . 3 (incorpora los Art. 124A, 124B, 124C, 124D) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 281-MPC, cabe señalar que ésta última ordenanza mencionada no es una norma municipal que la Municipalidad Provincial de Cañete haya promulgado, en consecuencia, se está incorporando artículos a un ROF que no ha sido aprobado por la referida Ordenanza Nº 281-MPC; Que, en ese sentido, cabe señalar que antes de la aprobación de la Ordenanza Nº 013-2015-MPC, se encontraba vigente la Ordenanza Nº 042-2012-MPC, que aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Cañete y por ende es a ésta ordenanza municipal que se debió incorporar los artículos 90, 107, 124A, 124B, 124C,124D con la debida sustentación contenida en los informes técnicos correspondientes; Que, mediante Informe Legal Nº 394-2016-GAJMPC de fecha 05 de agosto del 2016, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye: 1) que, corresponde al Pleno de Concejo derogar la Ordenanza Nº 013-2015MPC que aprueba la Creación de la Sub Gerencia de Juventud, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social, de conformidad con el inciso 8 del Art. 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, aprobado por mayoria., y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 0132015-MPC de fecha 29 de octubre del 2015, que aprueba la Creación de la Sub Gerencia de la Juventud dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, de conformidad con el inciso 8 del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por los argumentos vertidos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFICAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano y a las distintas áreas correspondientes la presente resolución conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMAN Alcalde 1465485-1

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Crean el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad
ORDENANZA Nº 046-2016-MPC Cañete, 9 de diciembre del 2016. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de noviembre del 2016, el Informe Nº

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