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607190 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2016 / El Peruano 15.05DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN Por realizar espectáculos pirotécnicos (costumbristas o de cualquier índole) en lugares no permitidos por la Municipalidad Distrital de Lince.SANCIÓN (% DE LA UIT) 50%SANCIÓN NO PECUNIARIA CLAUSURA DEFINITIVA DEL RECINTORANGO GRAVEBASE LEGAL LEY N° 30299DECRETO SUPREMO N° 008-2016-IN 15.06Por realizar espectáculos pirotécnicos sin contar con: i) la autorización de la SUCAMEC; ii) la Resolución Subgerencial de la ITSE previa al evento o espectáculo que declara que cumple con las Normas de Seguridad en Edifi caciones, emitida por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; iii) y/o autorización de la Subgerencia de Desarrollo Económico.50%CLAUSURA TEMPORAL DEL RECINTO HASTA SUBSANAR LA INFRACCIÓNGRAVE LEY N° 30299 DECRETO SUPREMO N° 008-2016-IN Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de las Subgerencias de Fiscalización y Control Urbano y la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología, su publicación en el Portal Institucional (www.munilince.gob.pe). Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1465029-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Aprueban modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 255-2016/MDSB San Bartolo, 15 de noviembre de 2016VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de noviembre de 2016, se aprueba la Ordenanza N° -2016/MDSB, la cual establece la modi fi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización de Funciones ROF de la Municipalidad Distrital de San Bartolo. CONSIDERANDO:Que, el Articulo 104° de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades describe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía de Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, con la fi nalidad de cumplir con las funciones propias del Gobierno Local y de acuerdo a su realidad económica y social el Concejo en Pleno ha visto por conveniente modi fi car la Estructura Orgánica y por ende el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, teniendo en cuenta para ello el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, el cual Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización Pública, por parte de las entidades públicas. En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, según el cuadro del Anexo 1 que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Bartolo y la Modi fi cación de la Reestructuración del Organigrama Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, donde la Ofi cina de OPI pase a formar parte de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el artículo 54 inciso o) y la O fi cina de Transporte pase a formar parte de la Gerencia de Fiscalización y Desarrollo Económico mediante el artículo 147 inciso f) del presente reglamento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General e Imagen Institucional, la difusión en la Página Web del Portal Institucional de la Entidad Edil. Artículo Cuarto.- DISPONER la comunicación a todas las Gerencias de lo establecido en el presente Decreto, debiendo dar cumplimiento a sus funciones administrativas correspondientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 1464965-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban beneficio administrativo para regularización de Licencia de Obra en el distrito de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 424-MDSMP San Martín de Porres, 19 de diciembre de 2016EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Dictamen Nº 001-2016-CDU/MDSMP de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 1500-2016-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1823-2016-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 837-2016-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 391-2016-SGOP-GDU/MDSMP de la Sub Gerencia de Obras Privadas, respecto al proyecto de ordenanza que aprueba el bene fi cio administrativo para regularización de licencia de obra en el distrito de San Martín de Porres;