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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (21/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

607184 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2016 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen fechas de vencimiento para el pago de Tributos Municipales correspondientes al Ejercicio 2017 en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 2012 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de diciembre de 2016, el Dictamen Nº 204-2016-MML-CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2017 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el artículo 15° de Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2017 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 31 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de la Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo: De conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 562, la obligación de pago de los arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2017 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago cuota trimestral : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 31 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre Artículo Tercero.- Vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular De conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2017 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 31 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre DISPOSICIÓN FINAL Única.- Facultar al Servicio de Administración Tributaria - SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a establecer fechas distintas a las señaladas en los artículos precedentes a través de Acuerdo de su Consejo Directivo, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Las nuevas fechas así establecidas, deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. POR TANTOMando se registre, publique y cumpla.Lima 9 de diciembre de 2016LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1464963-1 Establecen montos por el Servicio de Emisión Mecanizada de actualización de valores y determinación de Tributos Municipales correspondientes al Ejercicio 2017 en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA N° 2013 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, POR TANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de diciembre de 2016, el Dictamen Nº 204-2016-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES Y DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2017 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Emisión del Impuesto Predial Fíjese en S/ 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2017 y de recibos de pago, incluyendo su distribución a domicilio. Por cada predio adicional se abonará S/ 0.80 (80/100 Nuevos Soles). El monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2017. Artículo Segundo.- Emisión del Impuesto al Patrimonio Vehicular Fíjese en S/ 3.50 (Tres y 50/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2017 y de recibos de pago por cada vehículo afecto de su propiedad, incluyendo su distribución a domicilio. El monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2017. Artículo Tercero.- Emisión de los Arbitrios Municipales Fíjese en S/ 1.30 (Un y 30/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de determinación de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2017, y de recibos de pago por cada predio, incluyendo su distribución a domicilio.