Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2016 (22/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

607342

NORMAS LEGALES

Jueves 22 de diciembre de 2016 /

El Peruano

horas a 06:00 de manera que no colisione con el horario de circulación restringida, no siendo necesario el informe de vistos de la Sub Gerencia de Control de Tránsito y Seguridad Vial". Artículo Segundo.- RATIFICAR; en sus demás extremos lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía N° 0182015/MDA; Encargándose, a la Sub Gerencia de Control de Tránsito y Seguridad Vial la correspondiente señalización. Artículo Tercero.- El incumplimiento de la presente norma será sancionada de acuerdo a normativa vigente sobre el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora. Artículo Cuarto.- TRANSCRÍBASE; el presente Decreto de Alcaldía a la Policía Nacional del Perú para su cabal cumplimiento. Artículo Quinto.- DERÓGUESE; toda disposición municipal que se oponga al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Sexto.- PUBLÍQUESE; el presente Decreto, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo Sétimo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente a su Publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1465710-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Restituyen vigencia de la Ordenanza N° 473-MC, que regula el procedimiento de regularización de edificaciones licencia de edificación, conformidad de obra y declaratoria de edificación y levantamiento de cargas en el distrito de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 491/MC Comas, 1 de diciembre del 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano, Tecnología de la Información, Tránsito y Transporte; el Informe Nº 104-2016-SGOP/GDU/MDC de la Sub Gerencia de Obras Privadas; el Informe Nº 315 -2015-GDU/MDC de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 468-2016-GAJ-MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; respecto de la vigencia de la Ordenanza Nº 473MC que aprobó la REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE CARGAS EN EL DISTRITO DE COMAS. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política, modificado mediante Ley Nº 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración; Que, las Municipalidades Distritales tienen funciones específicas y exclusivas para regular aspectos relacionados a Habilitaciones Urbanas de predios ubicados dentro de su jurisdicción conforme a lo previsto

en el numeral 3.6.1 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establece que las habilitaciones urbanas ejecutadas con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 29090, y, las edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra después de julio de 1999 hasta el 27 de Setiembre de 2008, podrán ser regularizadas dentro del plazo que vence el 31 de Diciembre de 2013, conforme al procedimiento que establece el Reglamento de la Ley Nº 29090, modificada por Ley Nº 29898; Que, sin embargo mediante Decreto Supremo Nº 009-2016-VIVIENDA, publicado el 23 de Julio del 2016 en el Diario Oficial El Peruano, modifica el artículo 68º, del Reglamento de la mencionada norma, está señalando que: "Las edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra después de julio de 1999 hasta el 27 de setiembre de 2008, pueden ser regularizadas conforme al procedimiento establecido en el presente capítulo, siempre que cumplan con la normatividad vigente a la fecha de su construcción o en el caso que le sea favorable, la normativa vigente. Este procedimiento no es aplicable para bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación". Que, conforme a lo arriba prescrito por la nueva normatividad, ya no establece un plazo para el procedimiento de regularización; Que, mediante Ordenanza Nº 473-MC, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 03 de Mayo del 2016, se regula el procedimiento de REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE CARGAS EN EL DISTRITO DE COMAS; así como los alcances, ventajas, beneficios, requisitos e indicándose en el Texto de la Ordenanza en su artículo primero su vigencia hasta el 31 de Agosto del 2016; Que, al haberse observado que en la jurisdicción de Comas existen predios que aún no han culminado su proceso de saneamiento físico legal, a través del Informe Nº 104-2016-SGOP/GDU/MDC, de la Sub Gerencia de Obras Privadas y el informe Nº 315-2015-GDU/MDC de la Gerencia de Desarrollo Urbano se solicita extender el plazo establecido en la Ordenanza Nº 473-MC hasta el 30 de Abril del 2017 para la ejecución del procedimiento administrativo de REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE CARGAS EN EL DISTRITO DE COMAS. Lo cual permitirá un mayor y mejor desarrollo urbano del Distrito, así como procurar para sus propietarios formalizar sus inmuebles y se conviertan en activo patrimonial, contribuyendo a su progreso personal y colectivo; Que, mediante Informe Nº 468-2016-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina favorablemente por aprobar la Ordenanza, que restablece la vigencia de la Ordenanza Nº 473-MC que Regula el Procedimiento de REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE CARGAS EN EL DISTRITO DE COMAS; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9 y el Artículo 79 inciso 3), numeral 3.6.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto unánime de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 473-MC, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE CARGAS EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- RESTITÚYASE la vigencia de la Ordenanza Nº 473-MC, hasta el 30 de Abril del 2017,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.