Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2016 (22/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 22 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Desarrollo Social - FONCODES realice intervenciones de rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento ­ "Agua+", en ámbitos rurales, incluyendo los gastos operativos que éstos demanden. A efectos de lo establecido en el párrafo precedente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento queda exonerado de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Normas complementarias El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social emite las normas complementarias que se requieran, en el marco de sus competencias. El Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, mediante resolución de la Dirección Ejecutiva, aprueba la normativa de alcance operativo para la implementación de lo establecido en el presente decreto legislativo, tales como guías, modelos de convenios y demás disposiciones, que serán de alcance y cumplimiento obligatorio y bajo responsabilidad para los Núcleos Ejecutores y demás participantes en la rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en centros poblados rurales. Segunda.- Núcleos ejecutores Las personas que participan en las intervenciones que realizan los Núcleos Ejecutores no mantienen relación de dependencia laboral de ninguna índole con FONCODES. Tercera.- Refrendo El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1466244-2

Que, el señor Eduardo Ferreyros Küppers, Ministro de Estado en el Despacho Comercio Exterior y Turismo, se ausentará del país por motivos personales del 23 al 28 de diciembre de 2016; Que, los gastos que demande el viaje y la estadía serán asumidos por el citado funcionario, no generando gasto al tesoro público; Que, en ese sentido, es necesario autorizar la ausencia del país del señor Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, así como encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al señor EDUARDO FERREYROS KÜPPERS, Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, a ausentarse del país por motivos personales del 23 al 28 de diciembre de 2016. Artículo 2.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, a partir del 23 de diciembre de 2016 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al tesoro público, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1466240-11

Designan Presidente de la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 319-2016-PCM Lima, 21 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 288-2016PCM se constituye la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales: XII de Población, VIl de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017, como el órgano del más alto nivel en la definición de estrategias, planeamiento, seguimiento y evaluación de los Censos Nacionales; Que, el artículo 2 de la precitada resolución suprema, establece que la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales será presidida por la persona que designe el señor Presidente de la República; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley N° 13248 modificada por la Ley N° 27778, Ley de Incorporación de la Medición del Componente Étnico en la Ejecución de los Censos de Población y Vivienda;

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan al Ministro de Comercio Exterior y Turismo a ausentarse del país, y encargan su Despacho al Ministro de la Producción
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 318-2016-PCM Lima, 21 de diciembre de 2016

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