Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2016 (22/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 22 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 18 de la Directiva N° 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2014-CEPLAN/PCD, establece que el POI es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que toma como base la información generada en el Plan Estratégico Institucional. Este documento desagrega las acciones estratégicas identificadas en el PEI en actividades para un periodo determinado. Que, con Resolución Ministerial N° 425-2016-EF/41, se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2017 ­ 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que cuenta con el Informe Técnico de No Objeción emitido por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, de fecha 30 de noviembre de 2016, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, con Resolución Ministerial N° 413-2016-EF/41, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al año fiscal 2017; Que, la Directiva N° 001-2011-EF/41.01 "Normas y Lineamientos para la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas" aprobada con Resolución Ministerial Nº 7982011-EF/41, señala que el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de los distintos órganos del Ministerio de Economía y Finanzas a ser ejecutadas en un periodo anual, orientado hacia la consecución de los objetivos y metas institucionales; contribuye al cumplimiento de los objetivos, lineamientos de política y acciones estratégicas del PEI y permite la ejecución de los recursos presupuestarios asignados al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) con criterios de eficiencia, calidad de gasto y transparencia; Que, el literal b) del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014EF y modificatoria, señala entre las funciones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, la de formular y evaluar el Plan Operativo Institucional; Que, el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017 ha sido elaborado con la participación de los órganos y unidades ejecutoras del Ministerio de Economía y Finanzas, y articulado con los objetivos y actividades estratégicas establecidas en el Plan Estratégico Institucional 2017 ­ 2019, y con el presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras, a través de las metas presupuestales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y modificatoria, y la Resolución Ministerial N° 798-2011-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del POI 2017 Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Economía y Finanzas, documento que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación del POI 2017 El Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la presente resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1466147-2

Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora de la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2016-EF/10 Lima, 21 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 269-2016-EF/10, se designó a la señora Nora María Loredo de Izcue, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II ­ Directora de la Oficina de Comunicaciones, Categoría F-3 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la mencionada funcionaria ha formulado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la misma y encargar el cargo, en tanto se produzca la designación respectiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014EF; y, en el Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Nora María Loredo de Izcue, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II ­ Directora de la Oficina de Comunicaciones, Categoría F-3 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la señora Katherine del Rocío Pinillos García, Directora de Programa Sectorial IV ­ Directora General, Categoría F-5, de la Oficina General de Servicios al Usuario del Ministerio de Economía y Finanzas, el cargo de Directora de la Oficina de Comunicaciones, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1466242-1

Establecen Programación de Compromisos Anual (PCA) del año fiscal 2017 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 031-2016-EF/50.01 Lima, 20 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 29°-A de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento

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