Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Carrasco Pacheco en su contra, por la presunta comisión del delito de usurpación agravada, en la modalidad de turbación, según consta en la Disposición N° 01 de fecha 3 de noviembre de 2016 emitida por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Secretaria General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, y la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles y su modificatoria aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 185-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la solicitud de defensa legal formulada a la servidora Blanca Margarita Alva Guerrero, en su condición de Directora General (e) de la Dirección General de Defensa de Patrimonio Cultural, ante la denuncia a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/ GPGSC. Articulo 2.- Notificar la presente Resolución a la servidora Blanca Margarita Alva Guerrero, así como a la Oficina General de Administración para que adopte las acciones administrativas que correspondan, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Articulo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1467924-1

cuentan con un Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas; Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2016MC, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 23 de julio de 2016, se crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios, en adelante Comisión Multisectorial, con el objeto de elaborar informes técnicos con propuestas de diseño de instrumentos normativos en materia de salvaguardia, protección, promoción y revalorización de los conocimientos, saberes, y prácticas tradicionales y ancestrales de los pueblos indígenas u originarios, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de los mismos una vez que sean aprobados; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 006-2016MC establece que la Comisión Multisectorial propone al Ministerio de Cultura la aprobación del Reglamento Interno, el cual es aprobado mediante Resolución Ministerial; Que, mediante los documentos de Vistos, se informa que la Comisión Multisectorial ha propuesto la aprobación de su Reglamento Interno; por lo que corresponde formalizar su aprobación a través del acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Viceministro de Interculturalidad, de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC y el Decreto Supremo N° 006-2016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y el texto del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www. cultura.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a las entidades que conforman la citada Comisión Multisectorial, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1467924-2

Aprueban el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 483-2016-MC Lima, 27 de diciembre de 2016 Vistos; el Memorando N° 000333-2016/VMI/MC de fecha 25 de noviembre de 2016, del Despacho Viceministerial de Interculturalidad y el Informe N° 0001022016/DIN/DGCI/VMI/MC de fecha 24 noviembre de 2016, de la Dirección de Políticas Indígenas de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que las comisiones sectoriales, multisectoriales y consultivas que están adscritas al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, su norma de creación y su respectivo reglamento; Que, el numeral 3 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente,

DEFENSA
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 510-2016-DE/ Mediante Oficio Nº 1449-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 510-2016-DE/, publicada en la Edición Extraordinaria del día 26 de diciembre de 2016. DICE: (...) "Artículo 1.- Dar por concluidas las funciones del señor Almirante Luis Enrique DEVILLE Del Campo (...)"

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