Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 28 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

608577

DEBE DECIR: (...) "Artículo 1.- Dar por concluidas las funciones del señor Almirante Edmundo Luis Enrique DEVILLE Del Campo (...)" 1467926-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan al/a la Director/a General de Políticas y Estrategias como representante alterno/a del Ministerio ante la Comisión Multisectorial Permanente conformada mediante D.S. N° 016-2016-SA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 303-2016-MIDIS Lima, 26 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2016-SA se aprueba la Política Sectorial de Salud Intercultural y se constituye la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente, encargada de emitir el informe técnico que contenga el Plan Sectorial de Salud Intercultural 2016-2021, entre otros. Asimismo, se dispuso que dicha Comisión está integrada, además, por el/la Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, según lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 016-2016-SA, las entidades del Estado que integran la referida Comisión Multisectorial Permanente, mediante resolución de su titular, designan a un (1) representante alterno; Que, se ha considerado conveniente designar al representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la citada Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al/a la Director/a General de Políticas y Estrategias, como representante alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente conformada mediante Decreto Supremo N° 016-2016-SA. Artículo 2.- La persona designada en el artículo precedente, debe presentar mensualmente un informe al Despacho Ministerial, dando cuenta de las acciones realizadas en el marco de su designación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1467239-1

Designan responsables de brindar la información pública solicitada a las diversas sedes del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 231-2016-MIDIS/P65-DE Lima, 22 de diciembre de 2016

Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011PCM, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", destinado a otorgar subvenciones económicas a los adultos mayores en condición de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad que cumplan con los requisitos establecidos para tal fin; Que, mediante Resolución Ministerial N° 065-2012-MIDIS se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, se dispuso designar como funcionario responsable de dicha ejecutora al Director Ejecutivo del Programa; Que, con Resolución Ministerial N° 123-2016-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", el mismo que desarrolla su organización, funciones y competencias; así como los procesos de gestión, operativos y de soporte previstos para el cumplimiento de sus propósito y fines de creación; Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información calificada como secreta, reservada o confidencial; Que, el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la propia Ley están sometidas al principio de publicidad, que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que dichas entidades tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas, en aplicación del principio de publicidad; del mismo modo, la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, asimismo, el artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003PCM, y modificado por Decreto Supremo N° 070-2013PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, mediante Resolución Directoral N° 012 -2014-MIDIS/ P65-DE, se designó al servidor Juan Eduardo Mallma Chacaltana, Abogado de la Unidad de AsesoriaJuridica del programa como Funcionario responsable de brindar la información pública solicitada al Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" a nivel nacional; Que, conforme a lo señalado en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública, "Las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad. La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas (...)"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, Resolución Ministerial N° 123-2016-MIDIS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado

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