Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 28 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

608593

al ingeniero electrónico Fernando Ernesto Pérez Valladares, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Mantenimiento de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, el cual se encuentra calificado como de confianza; Que, con documento de visto, el Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento comunica la renuncia del ingeniero electrónico Fernando Ernesto Pérez Valladares, y solicita se realicen los trámites administrativos para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, a través del Informe Nº 914-2016-EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos señala que corresponde aceptar la renuncia formulada; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del ingeniero electrónico Fernando Ernesto Pérez Valladares, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 165-2014/MINSA dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1467783-4

Modifican la Norma Técnica de Salud "Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 999-2016/MINSA Lima, 27 de diciembre de 2016 Visto, el Expediente N° 16-054102-001, que contiene el Memorando N° 1016-2016-DGIEM/MINSA, el Memorándum N° 1170-2016-DGIEM/MINSA y el Memorándum N° 1900-2016-DGIEM/MINSA de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 37 de la citada Ley General de Salud, dispone que los establecimientos de salud y los servicios médicos de apoyo, cualquiera sea su naturaleza o modalidad de gestión, deben cumplir los requisitos que disponen los reglamentos y normas técnicas que dicta la Autoridad de Salud de nivel nacional en relación a planta física, equipamiento, personal asistencial, sistemas de saneamiento y control de riesgos relacionados con los agentes ambientales físicos, químicos, biológicos y ergonómicos y demás que proceden atendiendo a la naturaleza y complejidad de los mismos; Que, los numerales 1) y 8) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones

del Ministerio de Salud, disponen como ámbitos de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas y la infraestructura y equipamiento en salud; Que, el artículo 4 de la acotada Ley, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, el artículo 107 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, establece que, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de conducir el proceso de gestión del desarrollo de infraestructura, equipamiento y mantenimiento en salud; Que, asimismo, el literal a) del artículo 108 del precitado Reglamento dispone como función de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, el proponer normas técnicas, lineamientos, planes, programas estrategias en materia de infraestructura, equipamiento y mantenimiento en salud en el ámbito de su competencia; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 045-2015/ MINSA, se aprobó la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01, "Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", con el objetivo general de determinar el marco técnico normativo de infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud del primer nivel de atención del sector salud; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, en el marco de sus competencias funcionales, ha elaborado la propuesta de modificatoria de la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/ DGIEM-V.01, "Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", aprobado por Resolución Ministerial N° 045-2015/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; Que, mediante Informe N° 1168-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Con el visado del Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (e); De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01, "Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", aprobado por Resolución Ministerial N° 045-2015/MINSA; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/ DGIEM-V.01, "Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención", aprobado por Resolución Ministerial N° 0452015/MINSA. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, efectúe la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115 del Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.