TEXTO PAGINA: 27
608593 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de diciembre de 2016 El Peruano / al ingeniero electrónico Fernando Ernesto Pérez Valladares, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Mantenimiento de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, el cual se encuentra califi cado como de confi anza; Que, con documento de visto, el Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento comunica la renuncia del ingeniero electrónico Fernando Ernesto Pérez Valladares, y solicita se realicen los trámites administrativos para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, a través del Informe Nº 914-2016-EIE-OARH/ MINSA, la Ofi cina General de Recursos Humanos señala que corresponde aceptar la renuncia formulada; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del ingeniero electrónico Fernando Ernesto Pérez Valladares, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 165-2014/MINSA dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1467783-4 Modifican la Norma Técnica de Salud “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 999-2016/MINSA Lima, 27 de diciembre de 2016 Visto, el Expediente N° 16-054102-001, que contiene el Memorando N° 1016-2016-DGIEM/MINSA, el Memorándum N° 1170-2016-DGIEM/MINSA y el Memorándum N° 1900-2016-DGIEM/MINSA de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 37 de la citada Ley General de Salud, dispone que los establecimientos de salud y los servicios médicos de apoyo, cualquiera sea su naturaleza o modalidad de gestión, deben cumplir los requisitos que disponen los reglamentos y normas técnicas que dicta la Autoridad de Salud de nivel nacional en relación a planta física, equipamiento, personal asistencial, sistemas de saneamiento y control de riesgos relacionados con los agentes ambientales físicos, químicos, biológicos y ergonómicos y demás que proceden atendiendo a la naturaleza y complejidad de los mismos; Que, los numerales 1) y 8) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, disponen como ámbitos de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas y la infraestructura y equipamiento en salud; Que, el artículo 4 de la acotada Ley, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, el artículo 107 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, establece que, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de conducir el proceso de gestión del desarrollo de infraestructura, equipamiento y mantenimiento en salud; Que, asimismo, el literal a) del artículo 108 del precitado Reglamento dispone como función de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, el proponer normas técnicas, lineamientos, planes, programas estrategias en materia de infraestructura, equipamiento y mantenimiento en salud en el ámbito de su competencia; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 045-2015/ MINSA, se aprobó la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01, “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”, con el objetivo general de determinar el marco técnico normativo de infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud del primer nivel de atención del sector salud; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, en el marco de sus competencias funcionales, ha elaborado la propuesta de modifi catoria de la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/ DGIEM-V.01, “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”, aprobado por Resolución Ministerial N° 045-2015/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; Que, mediante Informe N° 1168-2016-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Con el visado del Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (e); De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01, “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”, aprobado por Resolución Ministerial N° 045-2015/MINSA; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/ DGIEM-V.01, “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”, aprobado por Resolución Ministerial N° 045- 2015/MINSA. Artículo 3.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, efectúe la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115 del Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud