Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 28 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
N° PROGRAMA

608587
MONTO (Nuevos Soles) S/. 82´800,000 S/. 23'870,271 S/. 51'077,250

031-2007-EM, la Ley N° 29852 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2012; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Programa Anual de Promociones 2017" que contiene los Programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Para efectos de la aplicación del artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM, los criterios para la determinación de beneficiarios, conceptos y montos para la aplicación del Mecanismo de Promoción son aquellos a los que se refiere el Programa N° 1 del Anexo de la presente Resolución. Artículo 3.- Para efecto de los Programas de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima, Callao e Ica, contemplados dentro del Programa Anual de Promociones 2017, se mantendrán vigentes los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna establecidos por el OSINERGMIN para el Programa Anual de Promociones 2016, hasta que dicho organismo establezca los precios máximos correspondientes para al Programa Anual de Promociones 2017. Artículo 4.- En el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, el OSINERGMIN deberá establecer los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna que serán cubiertos por el FISE, para lo cual podrá utilizar los estudios existentes a la fecha. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, así como la publicación de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 6.- Publíquese en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas los informes sustentatorios del "Programa Anual de Promociones 2017" aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Única.- Para la aplicación del precio máximo del Servicio Integral de Instalación interna aprobado por el OSINERGMIN para los Programas Anuales de Promociones aprobados con posterioridad a la vigencia de la presente Resolución Ministerial, se dispone que el precio máximo aprobado para un determinado año se mantendrá en vigencia hasta que se apruebe el precio máximo del año inmediato posterior. Para tal efecto, OSINERGMIN aprueba el precio máximo del Servicio Integral de Instalación Interna en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario de la entrada en vigencia de cada Programa Anual Promociones. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas ANEXO PROGRAMA ANUAL DE PROMOCIONES 2017
N° PROGRAMA MONTO (Nuevos Soles) S/. 155´250,000

Promoción de Vehículos de GNV en las 3 Regiones de Lima, Callao, Ica, Lambayeque, Piura, Ancash y La Libertad. 4 5 Programa Masivo Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red. Programa de distribución de lámparas energéticamente eficientes.

Compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, S/. 180´000,000 6 conforme a lo establecido en la Ley Nº 30468 y sus normas reglamentarias. TOTAL S/. 526'635,021

1 . Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao
Detalles del Programa Anual de Promociones 2017 Objetivo del proyecto Monto total estimado Plazo de ejecución comprometido Condición Instalación Residencial de Gas Natural S/. 155´250,000 Inicio: 01 de enero de 2017 Final: Hasta la publicación del siguiente Programa Anual de Promociones o la ejecución del monto total comprometido. Recursos del FISE (Ley N° 29852) Mecanismo de Promoción (art. 112a del Decreto Supremo N° 040-2008-EM) Destinado a hogares de poblaciones de menores recursos (estratos Medio, Medio Bajo y Bajo) según el Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI. Los hogares deben contar con redes de distribución residencial para el suministro de gas natural por red de ductos, de acuerdo a la normativa sectorial vigente. El FISE cubrirá el servicio integral de instalación interna. El Mecanismo de Promoción cubrirá el costo del derecho de conexión y el costo de la Acometida (Art. 112a del TUO del Reglamento de Distribución). El Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar a ser utilizado para la determinación de los beneficiarios del FISE de los programas de masificación de gas natural residencial, deberá ser la última versión actualizada del plano con la que cuente el INEI a la fecha de entrada en vigencia del presente programa.

Fuente de financiamiento

Cobertura del financiamiento y Criterios para la determinación de beneficiarios de los Programas de Promoción de Masificación del Uso de Gas Natural (Informe N° 209-2016-MEM/ DGH) -

Criterios para la devolución del financiamiento del FISE para los beneficiarios de los Programas de Promoción de Masificación del Uso de Gas Natural Residencial (Informe N° 209-2016-MEM/ DGH)

Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de 1 Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao. Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de 2 Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Ica.

- Los hogares que se encuentren dentro del nivel socioeconómico del estrato Bajo, según el Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI, serán financiados al 100%, sin cargo a devolución al FISE. - Los hogares que se encuentren dentro del nivel socioeconómico del estrato Medio Bajo, según el Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI, serán financiados al 100%, siendo devuelto al FISE el 25% del referido financiamiento. - Los hogares que se encuentren dentro del nivel socioeconómico del estrato Medio, según el Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI, serán financiados al 100%, siendo devuelto al FISE el 50% del referido financiamiento. - El plazo de recuperación será de diez (10) años. - El Administrador del FISE podrá determinar las penalidades a aplicar por incumplimientos de la devolución del financiamiento otorgado a través de los recursos del FISE. - Para el Servicio Integral de Instalación Interna, OSINERGMIN establecerá el precio máximo por dicho servicio que será cubierto por el FISE (literal iii. del numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento de la Ley del FISE). Administrador del FISE

Actividades comprendidas (Informe N° 209-2016-MEM/ DGH)

S/. 33´637,500

Entidad encargada ejecución del proyecto

de

la

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