Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2016 (13/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 13 de enero de 2016

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

575357

Aprueban el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 116-2015-GORE-ICA/GGR Ica, 19 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 003-2015-GORE-OCA de fecha 30 de julio de 2015, se ordenó la modificación de diversos artículos del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional de Ica, aprobado mediante Ordenanza N° 0016-2013-GORE ICA, de fecha 26 de diciembre de 2013; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Regional N° 003-2015-GORE-OCA autoriza al Gerente General Regional a aprobar, mediante Resolución Gerencial General Regional el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica. Dicho Texto Único Ordenado compila las modificaciones provisionales aprobadas por la indicada Ordenanza Regional y otras que se hayan aprobado o aprueben posteriormente. Que, atendiendo a lo indicado, se hace necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, cuyo proyecto fue elaborado por la Subgerencia de Modernización de la Gestión de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; De conformidad con lo establecido en el artículo 35° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica y la la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Regional N° 003-2015-GORE-OCA.; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único Ordenado ­TUO- del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Regional N° 003-2015-GOREOCA. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Modernización de la Gestión de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que eleve una propuesta de nuevo TUO en caso se modifiquen artículos del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Servicios al Ciudadano la notificación de la presente Resolución, conforme a lo establecido en la Resolución Ejecutiva Regional N° 353-2015-GORE-ICA/ GR. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Gerencial General Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www. regionica.gob.pe). Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Gerencial General Regional en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS RAMON NODA YAMADA Gerente General Regional 1332215-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Rectifican el Reglamento de la Ordenanza que regula la venta de alimento en la vía pública del distrito de Ate
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2015/MDA Ate, 30 de diciembre de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 051-2015 y Memorando Nº 5752015-MDA/GDE de la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 639-2015-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de la revisión del Reglamento de la Ordenanza Nº 317-MDA, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 008-2015/ MDA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 22 de mayo del 2015, se advierte que dicho dispositivo en su Artículo 6º hace mención a la "Sub Gerencia de Fomento de Inversión y Turismo", como órgano competente para otorgamiento de la autorización referidas al desarrollo de actividades comerciales en espacio público, cuando lo correcto debió ser "Sub Gerencia de Formalización Empresarial"; asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final, hace mención a la Gerencia de Desarrollo Social, debiendo ser lo correcto la Gerencia de Desarrollo Económico; Que, los errores materiales o aritmético que se produzcan en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, de conformidad con lo señalado en el numeral 201.1 del Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; en el presente caso, corresponde la rectificación del Decreto de Alcaldía Nº 008-2015/MDA, conforme a la observación contenida en el Informe Nº 051-2015MDA/GDE de la Gerencia de Desarrollo Económico. La rectificación deberá adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que hubiere correspondido para el acto original; Que, mediante Informe Nº 639-2015-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que lo observado se enmarca dentro de la figura de error material en el acto administrativo; opinando, se proceda a la correcccion del error material detectado en el Reglamento de la Ordenanaza Nº 317-MDA, lo cual deberá realizarse mediante Decreto de Alcaldia; Que, mediante Memorando Nº 575-2015-MDA/GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico, remite el proyecto de Decreto de Alcaldia, para el trámite correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Rectifíquese; el Artículo Sexto del Reglamento de la Ordenanza Nº 317-MDA, aprobado

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