Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2016 (13/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 13 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en Lote 7 de la Manzana I de la Calle Municipal del Centro Poblado de Servicios Básicos El Pedregal, en el distrito de Majes, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº 625-2015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Agencia ubicada en Lote 7 de la Manzana I de la Calle Municipal del Centro Poblado de Servicios Básicos El Pedregal, en el distrito de Majes, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) 1332481-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban la Recalendarización del Año Escolar 2015, en todas las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, dependientes de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ica
ORDENANZA REGIONAL Nº 0005-2015-GORE-ICA Ica, 6 de octubre de 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del día 02 de octubre de 2015. Visto el Oficio N° 404-2015-GORE-ICA/GR de fecha 22SET.-2015, presentado por el Gobernador Regional de Ica. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por artículo 191° de la Constitución Política del Perú y su modificatoria, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las

políticas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el artículo 192º de la Constitución Política del Estado. Que, con Oficio N° 404-2015-GORE-ICA/GR de fecha 22 de setiembre 2015, el Gobernador Regional de Ica, deriva el Oficio N° 4172-2015-GORE-ICA/GRDS-DREDIGEP, y adjuntando el Informe N° 003-2015-DREI/D, estos generados en la Dirección Regional de Educación de Ica, que trae consigo la propuesta consensuada con los directores de las 05 Unidades de Gestión Educativa Local UGEL (Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca), según Acta de fecha 14-SET-2015, sobre la Recalendarización del Año Escolar 2015, el cumplimiento de las horas lectivas mínimas en cada nivel y modalidad educativa, como una acción preventiva de política regional, frente a las consecuencias y estragos que pudiera traer el Fenómeno El Niño en el presente año 2015, y su repercusión en las acciones educativas de la Región Ica. Que, con el D.S. N° 058-2015-PCM, el estado peruano prorroga el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendarios a partir del 04 de setiembre de 2015, el Estado de Emergencia en algunos distritos y provincias comprendidos en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Junín y Provincia Constitucional del Callao, por Peligro Inminente ante el periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño, declarado por Decreto Supremo Nº 045-2015-PCM, rectificado por Fe de Erratas de fecha 15-JUL-2015, para la culminación de la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de respuestas destinadas a la reducción del alto riesgo existente y de rehabilitación que corresponda, en sustento de los informes técnicos del SINAGERD (Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres); MINAGRIM (Ministerio de Agricultura); ANA (Autoridad Nacional del Agua); INDECI (Instituto Nacional de Defensa Civil). Que, con Informe Legal N° 546-2015-GRAJ, de fecha 30-SET-2015, evacuada por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ica, luego del análisis y evaluación, valora el Informe N°018-2015SGRD/IOS del 29-SET-2015, de la Gerencia Regional de Seguridad Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres de Ica, quien opina favorable, como sustento del Comunicado Oficial ENFEN N° 16-2015 del Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño ­ ENFEN, en sustento de la declaratoria de estado de emergencia de la Región Ica, según el D.S. N° 058-2015-PCM. Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Extraordinaria del 02 de octubre del 2015, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del Acta de la fecha. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA RECALENDARIZACION DEL AÑO ESCOLAR 2015, EN TODAS LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA" Artículo Primero.- APROBAR la "Ordenanza Regional, que aprueba la Recalendarización del Año Escolar 2015, en todas las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, dependientes de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Ica"; a propuesta de la Dirección Regional de Educación de Ica, como una acción preventiva de política regional, frente a las consecuencias y estragos que pudiera traer el Fenómeno El Niño, en el presente año 2015, y su repercusión en las acciones educativas de la Región Ica, debiendo recalendarizarse el año escolar 2015 y considerarse algunos días adicionales, como jornada laboral según el siguiente detalle:

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