Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2016 (14/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

575430 NORMAS LEGALES Jueves 14 de enero de 2016 / El Peruano - Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP. - Aprobar la instalación y funcionamiento de las O fi cinas Desconcentradas, así como disponer su desactivación, validando las acciones administrativas requeridas para la desconcentración de las funciones administrativas o resolutivas de la Institución. - Designar a los responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. - Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga y sus respectivas adendas, con entidades públicas, privadas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. Artículo 2.- Delegación de facultades en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Administración Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Calidad, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: a) En materia de recursos humanos: - Suscribir los contratos del personal sujeto a los regímenes del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nº 1057, así como suscribir las adendas correspondientes a los Contratos Administrativos de Servicios - CAS. - Autorizar y resolver acciones del personal sujeto a los regímenes del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nº 1057, así como aquellas acciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal. - Supervisar o monitorear el cumplimiento de las funciones del Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del INACAL. - Suscribir, modi fi car y resolver convenios de Prácticas Pre profesionales y Profesionales, así como sus prórrogas o renovaciones. b) Sobre gestión de Sociedades de Auditoría: Suscribir los contratos a que se re fi ere el numeral 7.3.4 “Suscripción del contrato”, del acápite 7.3 “Proceso de Contratación de las Sociedades de Auditoría”, de la Directiva Nº 006-2015-CG-PROCAL “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 137-2015-CG. c) Sobre documentos normativos y acciones administrativas: - Aprobar directivas, lineamientos, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo de su competencia. - Elaboración y aprobación de la Directiva de Donaciones, así como realizar el inventario de las mismas. - Supervisar, conducir e implementar medidas de seguridad, disponibilidad y el correcto funcionamiento de los sistemas de información, redes y comunicaciones, para garantizar la integridad y con fi dencialidad de la información. d) En materia de tesorería: Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1632: Administración - INACAL. e) En materia de bienes de propiedad estatal: Aprobar los actos de administración de los bienes de la Entidad de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales.f) En materia de contrataciones del Estado: - Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. - Aprobar los expedientes de contratación, incluyendo los correspondientes a contrataciones directas. - Aprobar las Bases de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. - Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial o el valor estimado en los procedimientos de selección, según corresponda, hasta el límite máximo previsto por Ley. - Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección y de las contrataciones directas, así como sus modi fi caciones. Igualmente, suscribir contratos complementarios y sus modi fi caciones. - Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. - Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. - Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. - Aprobar la resolución total o parcial de los contratos.- Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de contratos que se presenten al INACAL. - Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje derivados del incumplimiento de los contratos suscritos. - Aprobar el proceso de estandarización de los bienes o servicios a ser contratados por la entidad, de conformidad con la normativa vigente. - Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección que haya convocado la Entidad. - Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades en materia de contrataciones públicas. - Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. - Suscribir convenios con otras entidades públicas para encargarles las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección; así como aprobar los respectivos expedientes de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. - Aprobar la subcontratación de prestaciones en las condiciones y por el máximo permitido por la normativa en contratación pública. - Suscribir los contratos, órdenes de compra o de servicio respecto a las contrataciones de bienes y servicios, cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); así como suscribir los demás actos para su ejecución, modi fi cación y/o resolución. Artículo 3.- La presente delegación de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 4.- La Secretaría General deberá informar trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Asimismo, la O fi cina de Administración deberá informar en el mismo plazo a la Secretaría General. Artículo 5.- Notifi car la presente resolución a los