Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

575430

NORMAS LEGALES

Jueves 14 de enero de 2016 /

El Peruano

- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP. - Aprobar la instalación y funcionamiento de las Oficinas Desconcentradas, así como disponer su desactivación, validando las acciones administrativas requeridas para la desconcentración de las funciones administrativas o resolutivas de la Institución. - Designar a los responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. - Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga y sus respectivas adendas, con entidades públicas, privadas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. Artículo 2.- Delegación de facultades en el (la) Jefe (a) de la Oficina de Administración Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Calidad, durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: a) En materia de recursos humanos: - Suscribir los contratos del personal sujeto a los regímenes del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nº 1057, así como suscribir las adendas correspondientes a los Contratos Administrativos de Servicios - CAS. - Autorizar y resolver acciones del personal sujeto a los regímenes del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nº 1057, así como aquellas acciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal. - Supervisar o monitorear el cumplimiento de las funciones del Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del INACAL. - Suscribir, modificar y resolver convenios de Prácticas Pre profesionales y Profesionales, así como sus prórrogas o renovaciones. b) Sobre gestión de Sociedades de Auditoría: Suscribir los contratos a que se refiere el numeral 7.3.4 "Suscripción del contrato", del acápite 7.3 "Proceso de Contratación de las Sociedades de Auditoría", de la Directiva Nº 006-2015-CG-PROCAL "Gestión de Sociedades de Auditoría", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 137-2015-CG. c) Sobre documentos normativos y acciones administrativas: - Aprobar directivas, lineamientos, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo de su competencia. - Elaboración y aprobación de la Directiva de Donaciones, así como realizar el inventario de las mismas. - Supervisar, conducir e implementar medidas de seguridad, disponibilidad y el correcto funcionamiento de los sistemas de información, redes y comunicaciones, para garantizar la integridad y confidencialidad de la información. d) En materia de tesorería: Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1632: Administración - INACAL. e) En materia de bienes de propiedad estatal: Aprobar los actos de administración de los bienes de la Entidad de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

f) En materia de contrataciones del Estado: - Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modificar su composición. - Aprobar los expedientes de contratación, incluyendo los correspondientes a contrataciones directas. - Aprobar las Bases de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. - Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial o el valor estimado en los procedimientos de selección, según corresponda, hasta el límite máximo previsto por Ley. - Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección y de las contrataciones directas, así como sus modificaciones. Igualmente, suscribir contratos complementarios y sus modificaciones. - Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. - Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. - Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. - Aprobar la resolución total o parcial de los contratos. - Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de contratos que se presenten al INACAL. - Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje derivados del incumplimiento de los contratos suscritos. - Aprobar el proceso de estandarización de los bienes o servicios a ser contratados por la entidad, de conformidad con la normativa vigente. - Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección que haya convocado la Entidad. - Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades en materia de contrataciones públicas. - Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. - Suscribir convenios con otras entidades públicas para encargarles las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección; así como aprobar los respectivos expedientes de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. - Aprobar la subcontratación de prestaciones en las condiciones y por el máximo permitido por la normativa en contratación pública. - Suscribir los contratos, órdenes de compra o de servicio respecto a las contrataciones de bienes y servicios, cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); así como suscribir los demás actos para su ejecución, modificación y/o resolución. Artículo 3.- La presente delegación de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 4.- La Secretaría General deberá informar trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Asimismo, la Oficina de Administración deberá informar en el mismo plazo a la Secretaría General. Artículo 5.- Notificar la presente resolución a los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.