Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2016 (23/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

576254

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de enero de 2016 /

El Peruano

y posicionar la Marca Perú, PROMPERÚ ha programado su participación en el evento "Madrid Fusión 2016", a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 25 al 27 de enero de 2016, con el objetivo de posicionar la gastronomía peruana en uno de los mercados más importantes de Europa, permitiendo promocionar la Imagen País, así como los insumos propios de nuestra gastronomía, incentivando de esta manera las exportaciones de productos no tradicionales; Que, es importante la participación de PROMPERÚ, por ser el evento gastronómico más importante de España, que reúne a las más importantes figuras de la cocina española e internacional, así como a público especializado de la industria gastronómica, para lo cual, la participación peruana contará con los más destacados representantes de la cocina peruana, con la finalidad de mostrar los productos regionales y los sabores que ofrecen; Que, en tal razón, la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior del señor Daniel Ricardo Cavero Gamarra, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Madrid, Reino de España para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción de Imagen País, en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Madrid, Reino de España, del señor Daniel Ricardo Cavero Gamarra, del 23 al 28 de enero 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción de la gastronomía, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Aprueban renovación de acreditación a la carrera de Enfermería Técnica del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Madre Josefina Vannini
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 007-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 20 de enero de 2016 VISTO: El Oficio Nº 567-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los órganos operadores del sistema; Que, mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien presidirá, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante Informe N° 048-2015-SINEACE/STDEA-IEES, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE, considerando el Informe Final de evaluación externa realizada por la Entidad Evaluadora Beyond Quality Standards, propone se otorgue la renovación de la acreditación a la carrera de Enfermería Técnica del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Madre Josefina Vannini, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE, alcanzando una valoración de doscientos noventa y ocho (298) puntos, correspondiendo una vigencia de tres (03) años, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluación y Acreditación de las Instituciones de Educación Superior No Universitaria ­ versión II; Que, en atención al informe antes indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo

Nombres y apellidos Daniel Ricardo Cavero Gamarra

Pasajes aéreos Clase Económica US $ 1 952,00

Viáticos día US $ 540,00

N° días 4

Total Viáticos 2 160,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Daniel Ricardo Cavero Gamarra, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1336792-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.