Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2016 (23/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Sábado 23 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
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(Del 01 al 13 de febrero) Dr. Saúl Peña Farfán (Del 14 al 17 de febrero) Dr. Iván Alberto Sequeiros Vargas Dr. Saúl Peña Farfán (Del 18 de febrero al 01 de marzo) Dra. Susana Ynés Castañeda Otsu Dr. Iván Alberto Sequeiros Vargas Dr. Saúl Peña Farfán

6º Juzgado Unipersonal de Proceso Inmediato ­ D. L. 1194: a cargo de la doctora DELIA GRACIELA FLORES GALLEGOS por el periodo del 16 de febrero 01 de marzo del presente año. Los Juzgados Colegiados para proceso inmediato quedarán conformados de la siguiente manera: Del 01 al 15 de febrero: · Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde · Nayko Techy Coronado Salazar · Fernanda Isabel Ayasta Nassif Del 16 de febrero al 01 de marzo: · Doly Roxana Herrera López · Delia Graciela Flores Gallegos · Gina Pamela Tapia Liendo Artículo Segundo.- DISPONER bajo responsabilidad que la conformación de las Salas Penales Liquidadoras, no afecten la continuación de las audiencias iniciadas, hasta su conclusión. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital y de la Oficina de Personal de esta Corte Superior de Justicia de Lima. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1337463-2 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 035-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de enero de 2016 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 356-2015-CE-PJ, de fecha 16 de diciembre del año 2015; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 356-2015-CE-PJ, de fecha 16 de diciembre del año 2015, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió disponer que las vacaciones correspondientes al Año Judicial 2016, para Jueces y Personal Auxiliar, se harán efectivas por el periodo del 01 de febrero al 01 de marzo del presente año. Que, tal como lo establece el tercer artículo de la citada Resolución, durante el mes de vacaciones funcionarán los órganos jurisdiccionales de emergencia propuestos por los Presidentes de las Cortes Superiores, los mismos que seguirán conocimiento los procesos a su cargo y atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: Penal: Habeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, tramite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones; Civil: Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso; Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; Laboral: Consignaciones Laborales. Así como todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen convenientes; precisando en el artículo segundo que las Salas Penales Liquidadoras, Sala Penal de Apelaciones, Juzgados de la Investigación Preparatoria

· Del 01 al 17 de febrero del presente año se integrará el Colegiado de Vacaciones de las Salas Penales de Apelaciones con los Jueces Superiores menos antiguos de las Salas Penales Liquidadoras, órganos jurisdiccionales cuya permanencia se ha dispuesto en la presente resolución, tomándose en cuenta los periodos de permanencia de las referidas Salas. · El Colegiado de la Sala Penal de Apelaciones de Vacaciones conocerá los casos urgentes que se eleven de los Juzgados de Investigación Preparatoria y los de Proceso Inmediato. Juzgados de Investigación Preparatoria 1º Juzgado de Investigación Preparatoria: a cargo del doctor JUAN CARLOS SÁNCHEZ BALBUENA por el periodo del 01 de febrero 01 de marzo del presente año. 2º Juzgado de Investigación Preparatoria: a cargo del doctor MANUEL ANTONIO CHUYO ZAVALETA por el periodo del 01 de febrero 01 de marzo del presente año. · El despacho de los Juzgados de Investigación Preparatoria será de manera normal y llevarán a cabo las audiencias que se programen. Juzgados de Juzgamiento 1º Juzgado Penal Unipersonal: a cargo de la doctora FERNANDA ISABEL AYASTA NASSIF, del 01 al 15 de febrero, además alternará por el mismo periodo el 4º Juzgado Penal Unipersonal. 2º Juzgado Penal Unipersonal: a cargo del doctor VICTOR JOE MANUEL ENRIQUEZ SUMERINDE, por el periodo del 01 al 15 de febrero. 3º Juzgado Penal Unipersonal: a cargo de la doctora NAYKO TECHY CORONADO SALAZAR, por el periodo del 01 al 15 de febrero. 4º Juzgado Penal Unipersonal: a cargo de la doctora GINA PAMELA TAPIA LIENDO, por el periodo del 16 de febrero al 01 de marzo del presente año; además alternará por el referido periodo el 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales. · En calidad de órganos jurisdiccionales de emergencia atenderán temas urgentes, tales como la puesta a disposición de procesados ausentes o contumaces sin perjuicio de que discrecionalmente atiendan los asuntos propios del juzgado. Órganos Jurisdiccionales de Proceso Inmediato ­ D. L. 1194: Juzgados de Investigación Proceso Inmediato ­ D. L. 1194: Preparatoria de

3º Juzgado de Investigación Preparatoria de Proceso Inmediato ­ D. L. 1194: a cargo de la doctora INGRID MORALES DEZA por el periodo del 01 de febrero 01 de marzo del presente año; quien alternará además con el 4º y 5º Juzgados de Investigación Preparatoria de Proceso Inmediato ­ D.L. 1194 por el referido periodo. Juzgados Unipersonales de Proceso Inmediato ­ D. L. 1194: 5º Juzgado Unipersonal de Proceso Inmediato ­ D. L. 1194: a cargo de la doctora DOLY ROXANA HERRERA LÓPEZ por el periodo del 16 de febrero 01 de marzo del presente año.

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