Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2016 (29/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 29 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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oportuna sus tributos; por lo que se hace necesario prorrogar el plazo del vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de Enero del presente ejercicio fiscal; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria mediante Informe N° 016-2016-MDLMGAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe N° 004-2016-MDLM-GAT, de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 046-2016-MDLMGAJ y de la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 045-2016-MDLM-GM; y, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de febrero del 2016, el vencimiento de pago de la Primera Cuota de Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero del Ejercicio Fiscal 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Atención al Ciudadano, a la Ejecutoría Coactiva Tributaria, así como a la Gerencia de Tecnologías de Información, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en la página web de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicio al ciudadano y empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLA IVONNE BIANCHI DIMINICH Teniente Alcaldesa Encargada del Despacho de Alcaldía 1339563-1

el 31 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial "El Peruano", se establece en el artículo 6º, Periodicidad y Vencimiento, "... La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo vence el último día hábil de cada mes...". Asimismo, mediante la Sexta Disposición Final y Complementaria de dicha Ordenanza, se faculta al Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de la fecha de vencimiento; Que, mediante Informe Nº 038-2016-SGRT-GAT/ MDSMP de la Subgerencia de Registro Tributario, da cuenta sobre la necesidad de prorrogar el vencimiento de la cuota mensual de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2016, a efectos de permitir que los administrados puedan recibir sus Liquidaciones Tributarias del ejercicio corriente y cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que propone la prórroga de su vencimiento hasta el 29 de febrero de 2016; en dicho extremo la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 0184-2016-GAJ/MDSMP, opina favorablemente sobre la referida prórroga; siendo que la Gerencia Municipal a través del Memorando Nº 0104-2016-GM/MDSMP, en consideración a los informes técnicos y jurídico señalados precedentemente, opina por la procedencia de la prórroga del vencimiento de la cuota mensual de arbitrios del mes de enero de 2016; Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, resulta necesario prorrogar el vencimiento de la cuota mensual de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2016; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de febrero de 2016, el vencimiento de la cuota mensual de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Registro Tributario, a la Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico y a la Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Regístrese comuníquese cúmplase y publíquese. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1339554-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Prorrogan el vencimiento de la cuota mensual de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al mes de enero de 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2016/MDSMP San Martín de Porres, 28 de enero de 2016. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 038-2016-SGRT-GAT/MDSMP de la Subgerencia de Registro Tributario, el Informe Nº 0112016-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 0184-2016-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1042016-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 390-MDSMP, publicada

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban el nuevo Cronograma de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Villa María del Triunfo, correspondiente al período 2016 - 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2016-MVMT Villa María del Triunfo, 25 de enero del 2016

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