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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 72

577650 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797- 2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco GNB Perú S.A. el cierre de una (01) agencia, ubicada en la calle La Merced Nº 101 - 103, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1343004-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional de establecimientos de salud en el departamento de Junín ORDENANZA REGIONAL N° 225-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 17 días del mes de Diciembre de 2015, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el numeral 4.7 de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 152-2014-SERVIR/PE, adicionado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE de fecha 05 de Noviembre del 2014, señala que: aquellas Entidades exceptuadas de las prohibiciones del ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto Público y otra Norma Nacional con Rango de Ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro de Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico, en este contexto de excepción, de igual manera estas entidades podrán hacer ajustes a su Cuadro de Asignación de Personal Provisional en el año fi scal; CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL CAP-P DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNÍN. Que, mediante Informe N° 018-2015-GRJ-DRSJ- OEGDRRHH de fecha 02 de Noviembre del 2015, suscrito por la Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la DIRESA Junín, mediante el cual emite opinión técnica favorable, con fi nes de proseguir con el trámite y ser aprobado el presente documento de gestión institucional, reiterando que el nombramiento en el sector salud resulta procedente su aprobación; Que, el Informe Técnico N° 018-2015-GGR/ORDITI de fecha 14 de Diciembre del 2015, emitido por el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información – ORDITIP, mediante el cual concluye que el Proyecto CAP-P de la Dirección Regional de Salud Junín, es formulado en el marco de las normas y dispositivos legales antes precisados referidos al proceso de nombramiento de personal de Salud, además, cuenta con los Informes favorables de la Unidad de Organización de la Ofi cina de Planeamiento Estratégico de la Dirección Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos y Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud Junín y por lo que , emite su opinión favorable; Que, con Informe Legal N° 1157-2015-GRJ/ORAJ de fecha 23 de Noviembre del 2015, el Director Regional de Asesoría Jurídica, concluye en la procedencia de la Aprobación del Proyecto de Cuadro de Asignación Provisional de la Dirección Regional de Salud Junín, por encontrarse dentro de los lineamientos y criterios técnicos establecida en la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC; CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONALCAP-P DE LA RED DE SALUD CHANCHAMAYO Y HOSPITAL LA MERCED. Que, mediante Informe N° 0001-2015-GRJ/DREJ- RDSCH/UGRHUS de fecha 18 de Noviembre del 2015, suscrito por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Red de Salud Chanchamayo, mediante el cual emite opinión técnica favorable, con fi nes de proseguir con el trámite y ser aprobado el presente documento de gestión institucional, reiterando que en dicha Unidad, se mantiene el mismo número de PEA, dado con Resolución Ministerial N° 046-2015-MINSA, considerando el mismo CAP, aprobado con Resolución Ejecutiva Regional N° 537-2014-GR/JUNÍN/ PR del año 2014; del mismo modo se señala que el Hospital La Merced depende de la Unidad Ejecutora - Red de Salud Chanchamayo, motivo que justifi ca la acción de considerarlo dentro del mismo CAP. Que, el Informe Técnico N° 010-2015-GGR/ORDITI de fecha 14 de Diciembre del 2015, emitido por el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información – ORDITIP, mediante el cual concluye que el Proyecto CAP-P de la Red de Salud Chanchamayo y Hospital la Merced, es formulado en el marco de las normas y dispositivos legales antes precisados referidos al proceso de nombramiento de personal de Salud, además, cuenta con los Informes favorables de la Unidad de Organización de la Ofi cina de Planeamiento Estratégico de la Dirección Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos y Ofi cina de Asesoría Jurídica de la mencionada Red de Salud Chanchamayo y por lo que emite su opinión favorable; Que, con Informe Legal N° 1164-2015-GRJ/ORAJ de fecha 15 de Diciembre del 2015, el Director Regional de Asesoría Jurídica, concluye en la procedencia de la Aprobación del Proyecto de Cuadro de Asignación Provisional de la Red de Salud Chanchamayo y Hospital la Merced, por encontrarse dentro de los lineamientos y criterios técnicos establecida en la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC; CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL- CAP-P DE LA RED DE SALUD JAUJA Y HOSPITAL “DOMINGO OLAVEGOYA”. Que, mediante Informe N° 00659-2015-GRJ/DIRESA/ RSJA/URRHH de fecha 25 de Noviembre del 2015, suscrito