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577653 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 El Peruano / progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; la misma que establece que, en tanto se encuentre en implementación la Ley N° 30057, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su C.A.P. vigente mediante un C.A.P. Provisional; asimismo, es necesario tener en cuenta las siguientes defi niciones que se establece en el artículo 5° numeral 5.1 de dicha directiva: Cargo: Es el elemento básico de una organización. Se deriva de la clasifi cación prevista en el C.A.P. de acuerdo con la naturaleza de las funciones y nivel de responsabilidad que ameritan el cumplimiento de requisitos y califi caciones para su cobertura. Cuadro de Asignación de Personal Provisional - C.A.P. Provisional: documento de gestión institucional de carácter provisional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Estructura Orgánica: Es un conjunto de órganos interrelacionados racionalmente entre sí para cumplir funciones preestablecidas que se orientan en relación a objetivos derivados de la fi nalidad asignada a la Entidad; Que, asimismo debe tenerse presente que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – C.A.P. Provisional, es un documento de gestión institucional de carácter temporal, que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F., cuya fi nalidad es viabilizar la operatividad de las entidades públicas durante la etapa de transición del Sector Publico al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley N°. 30037, Ley del Servicio Civil; Que, el Dictamen N°31-2015-GRJ-CR/CPPPATyDI, favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, y, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº. 179-2014-GRJ/ CR, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN - CAP PROVISIONAL MODIFICADO PARCIALMENTE DE LA SEDE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, DE LA ALDEA INFANTIL “EL ROSARIO” Y DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO” Artículo Primero.- APRUÉBESE Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional modifi cado parcialmente de la Sede Regional del Gobierno Regional Junín, 26 plazas para servidores Contratados Permanentes por Mandato Judicial, el cual consta con un expediente anillado en diecinueve (19) folios que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APRUÉBESE Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Junín, 10 plazas para servidores Contratados Permanentes por Mandato Judicial, el cual consta con un expediente anillado en catorce (14) folios que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APRUÉBESE Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional Junín, 01 plaza para servidor Contratado Permanente por Mandato Judicial, el cual consta con un expediente anillado en doce (12) folios que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- APRUÉBESE Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la Aldea Infantil “El Rosario” del Gobierno Regional Junín, 03 plazas para servidores Contratados Permanentes por Mandato Judicial, el cual consta con un expediente anillado en trece (13) folios que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- INCLÚYESE en la parte que corresponde del CAP vigente las plazas creadas de la Sede Regional del Gobierno Regional de Junín, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, de la Aldea Infantil “El Rosario” y de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento”. Artículo Sexto.- DERÓGUESE toda normatividad regional que contravenga la presente Ordenanza. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 30 días del mes de Diciembre de 2015. RICHARD DURAN CASTRO Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, a los 30 días del mes Diciembre de 2015. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1343044-2 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN