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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 77

577655 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Eligen Consejera Delegada del Consejo Regional de Ucayali para el período 2016 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2016/CR Pucallpa, martes cinco de enero del 2016. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de enero del 2016, con el voto por mayoría simple del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR POR MAYORIA SIMPLE, ELEGIR a la Consejera Regional representante de la Provincia de Atalaya CPC. EDITH QUISPE SANCHEZ, como Consejera Delegada para el periodo 2016, quien convocará y presidirá las sesiones del Consejo Regional de Ucayali, en mérito a lo dispuesto por la Ley N° 27867, Articulo 13°, modificada por la Ley N° 29053. Se deja expresa constancia de la abstención al voto del Consejero Regional Wilson Pinedo Ruiz. Artículo Segundo.- PONGASE de conocimiento el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de Ucayali, a fin de que se le reconozca como tal y se le preste las facilidades de representación conforme a Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Diario local de mayor circulación Regional y la Oficina de Sistemas su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Cuarto.- Dispensar el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO: Mando se publique y cumpla EDITH QUISPE SANCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional 1342960-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban la modificación del ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos ORDENANZA N° 285-2016-MDCH Chorrillos, 23 de enero del 2016 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en sesión ordinaria de la fecha y; CONSIDERANDO Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales como Órganos de Gobierno Local gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades conforme al Artículo 74° en concordancia con el Articulo 195 de la Carta Magna; la misma que establece que, las municipalidades promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo por cuanto el inciso 4° señala que las municipalidades son competentes para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, potestad que se encuentra igualmente reconocida en el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, la misma que establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, conforme al Informe N° 066-2016-GAJ-MDCH, recomienda la ampliación de las funciones de la Unidad de Fiscalización y Control, teniendo en cuenta la labor que realizan el Personal de dicha unidad y de conformidad a la demanda de los casos materia de fi scalización, resulta necesario la ampliación de las funciones de la Unidad de Fiscalización y Control creada mediante la Ordenanza N° 160-A-MDCH Que, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la descentralización, en su capítulo de la Constitución Política sobre la descentralización, que regula la estructura y Organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Defi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal. Que, de acuerdo al Artículo 26° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que la administración Municipal adopta una estructura gerencial y por otro lado la misma ley prevé nuevos Órganos dentro de la Organización Municipal, en este sentido se cree conveniente la Modifi cación del ROF Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos que fue aprobada por la Ordenanza N° 271-MDCH del 14 de abril del 2015, considerando a la Unidad de Fiscalización y Control dependiente de la Gerencia Municipal. Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el inciso 8) del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 y con el voto aprobado por Unanimidad de los miembros del Concejo Municipal debatido en el pleno, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Artículo 1°.- APROBAR la modifi cación del ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, según Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- FACÚLTESE al Sr. Alcalde para que dicte las medidas complementarias si el caso requiera para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese comuníquese y cúmplase AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde