Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
III. BASE LEGAL

578541

Que, con Informe Nº 010-2016-MIMP/OGPP-OMI/ SPGN la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido la correspondiente opinión técnica favorable para su aprobación; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la nueva Directiva General - "Lineamientos para la autorización y renovación de organismos acreditados de Cooperación y Apoyo en materia de Adopción Internacional en el Perú", que reemplaza la Directiva General N° 010-2014-MIMP; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaria General, de la Dirección General de Adopciones, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, la Ley N° 26981, Ley de Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2005-MIMDES y modificatoria, el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0032012-MIMP y modificatorias, y la Directiva General Nº 002-2013-MIMP, "Lineamientos para la formulación, modificación y aprobación de Directivas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP", aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2013-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva General Nº003-2016MIMP "Lineamientos para la autorización y renovación de organismos acreditados de Cooperación y Apoyo en materia de Adopción Internacional en el Perú", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 4152014-MIMP que aprobó la Directiva General N° 010-2014MIMP "Lineamientos para la autorización y renovación de organismos acreditados de Cooperación y Apoyo en materia de Adopción Internacional en el Perú". Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Todo procedimiento administrativo en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial, se rige por el contenido normativo aprobado por esta. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

3.1 Constitución Política del Perú de 1993. 3.2 Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 3.3 Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes. 3.4 Ley N° 26981, Ley de Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad declarados judicialmente en abandono. 3.5 Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y sus modificatorias. 3.6 Decreto Supremo N° 004-2013-MIMP, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, modificado por la Resolución Ministerial Nº 286-2015MIMP. 3.7 Decreto Supremo Nº 010-2005-MIMDES, que aprueba el Reglamento de la Ley del Procedimiento Administrativo de Adopción de menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono y modificatorias. 3.8 Resolución Legislativa Nº 26474, que aprueba la Convención relativa a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción internacional. 3.9 Resolución Legislativa Nº 25278, que aprueba la "Convención sobre los Derechos del Niño". 3.10 Directrices de Naciones Unidas sobre alternativas de cuidado de los niños aprobadas el 24 de febrero de 2010 en el Sexagésimo Cuarto Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. 3.11 Tratados Bilaterales celebrados por el Perú con países extranjeros en materia de adopción internacional: a) Convenio entre la República del Perú y la República de Italia en materia de Adopción Internacional sobre Menores de Edad, aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 26381 del 08 de noviembre de 1994, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de marzo de 1995. b) Protocolo entre el Ministerio de la Presidencia del Perú y el Ministerio de Asuntos Sociales de España en materia de Adopción Internacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 10-95-RE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 03 de abril de 1995. c) Protocolo de Aplicación del Convenio entre la República del Perú y la República de Italiana en materia de Adopción Internacional sobre Menores de Edad, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 054-99-RE del 25 de octubre de 1999. d) Convenio de Cooperación en materia de Adopción Internacional entre el Gobierno de Quebec y el Gobierno de la República del Perú, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 068-2002-RE del 14 de junio del 2002. 3.12 Resolución Ministerial N° 069-2013-MIMP, que aprueba la Directiva General N° 002-2013-MIMP "Lineamientos para la Formulación, Modificación y Aprobación de Directivas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP". IV. ALCANCE La presente Directiva General es de aplicación para la Dirección General de Adopciones, la Dirección de Evaluación Integral para la Adopción, la Dirección de Capacitación y Registro de la Información y la Dirección de Adopción y Post Adopción del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como, para los representantes y apoderados de los Organismos Acreditados y Autorizados por las correspondientes autoridades centrales, para cooperar y apoyar en la adopción internacional. V. DISPOSICIONES GENERALES

DIRECTIVA GENERAL Nº 003-2016-MIMP "LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN Y RENOVACIÓN DE ORGANISMOS ACREDITADOS DE COOPERACIÓN Y APOYO EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL EN EL PERÚ" Formulados por: Dirección General de Adopciones I. OBJETIVO Normar y establecer criterios para el proceso de evaluación, autorización y renovación de la autorización a Organismos Acreditados de Cooperación y Apoyo en materia de Adopción Internacional en el Perú, así como para la expedición de la constancia de reconocimiento para que sus representantes legales operen en el Perú. II. FINALIDAD Uniformizar los criterios para la evaluación, aprobación y renovación de la autorización de los organismos acreditados de cooperación y apoyo de la Adopción Internacional en el Perú, en concordancia con las necesidades del país y en observancia del principio de prevalencia y del principio de subsidiariedad de la Adopción Internacional.

5.1 Para efectos de la presente Directiva General, deberá tenerse en cuenta las siguientes definiciones: a) Adopción: Es una medida de carácter administrativo de protección integral y permanente a el/la niño, niña o adolescente que ha sido declarado/a judicialmente en estado de abandono, a quien se le debe garantizar el ejercicio de su derecho a vivir en familia.

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