Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 20 de febrero de 2016 /

El Peruano

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Johana Lúcar Olivera, Asesora de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 25 al 26 de febrero de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irroguen los pasajes aéreos serán cubiertos por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM); Artículo 3. Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos por día US$ 500, 00 Total de Viáticos US$ 2 000,00

Nombres y Apellidos N.º de días Johana Lúcar Olivera 2+2

Artículo 4. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la referida asesora deberá informar a la Directora Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), sobre las acciones realizadas durante el presente viaje, y presentar un informe a la Ministra de Relaciones Exteriores. Artículo 5. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1347752-1

Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF; Que, mediante documento de Visto, la Oficina General de Administración propone se delegue en diversos funcionarios, facultades en el marco del Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, indicando que ello resulta necesario en atención a la existencia de procesos de selección iniciados antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, según la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30225, los procedimientos de selección iniciados antes de la entrada en vigencia de la referida ley se rigen por las normas vigentes al momento de la convocatoria; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal mediante Nota Informativa N° 117-2016OGAJ/MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliación de la vigencia de delegación de facultades Amplíase durante el presente ejercicio fiscal, para la ejecución de los procesos de selección iniciados durante la vigencia del Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, y los actos derivados de ellos, en caso corresponda, la vigencia de las siguientes facultades señaladas en la Resolución Ministerial N° 084-2015/ MINSA, según el detalle que se indica a continuación: - Literal b) del numeral 1.3 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 084-2015/MINSA. - Literales b) y f) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 084-2015/MINSA, en lo referido solamente a las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de procesos de selección declarados desiertos. - Literales d), e), g), h), i), y k) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 084-2015/MINSA. - Literal c) del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 084-2015/MINSA. Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 3.- Información Semestral La Secretaria General y los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución Ministerial, deberán informar semestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades, para su cumplimiento y difusión. Artículo 5.- Publicación en Portal Institucional Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1347060-2

SALUD
Amplían vigencia de delegación de facultades a que se refiere la R.M. N° 0842015/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2016/MINSA Lima, 18 de febrero del 2016 Visto, el Expediente N° 16-009578-001, que contiene la Nota Informativa N° 064-2016-OGA/MINSA, de la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, estableciéndose en el literal e) del artículo 10, que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política del Sector, teniendo entre otras funciones, ejercer las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, mediante Resolución Ministerial N° 084-2015/ MINSA, se delegó en el(la) Secretario(a) General y en otros funcionarios, diversas facultades durante el Ejercicio Fiscal 2015, entre las cuales se encuentra las facultades en materia de Contrataciones del Estado de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud, realizados en el marco del Decreto

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