Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de febrero de 2016 /

El Peruano

como responsable de ejecución, supervisión y monitoreo de las acciones estratégicas a cargo del Ministerio de la Producción, previstas en el "Plan de Desarrollo Territorial para la Zona del Huallaga al 2021". Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga-CODEHUALLAGA, para los fines correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial el Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1347203-1

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS Ministro de la Producción 1347757-1

Autorizan viaje de funcionario a Marruecos, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N°081-2016-PRODUCE Lima, 19 de febrero de 2016 VISTOS: El Memorando N° 0771-2016-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, el Informe N° 00002-2016-PRODUCE/DGSF-hlopez de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 891-2016-PRODUCE/ OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N°427-2016-PRODUCE/ OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 090-2016-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, y el Informe N° 026-2016-PRODUCE/ OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento OF.RE (AMA) N° 2-12-A/47 de fecha 09 de febrero de 2016 la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción la invitación de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) para participar en la "15° reunión del Subcomité sobre Comercio Pesquero del Comité de Pesca (COFI)" que se realizará del 22 al 26 de febrero de 2016, en la ciudad de Agadir, Reino de Marruecos; Que, en el evento citado en el considerando precedente se tratarán, entre otros, los siguientes temas: novedades al comercio pesquero; el comercio pesquero y fortalecimiento de la resilencia a lo largo de la cadena de valor; directrices para los sistemas de documentación de las capturas; examen de los requisitos para el acceso a los mercados relacionados con la calidad e inocuidad de los alimentos; el comercio de servicios pesqueros; información actualizada sobre la aplicación de las directrices voluntarias para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala y seguimiento de la aplicación del artículo 11 del Código de Conducta para la Pesca Responsable (CCPR); Que, en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, se establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno promoción y desarrollo de cooperativas. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú y que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el Perú es miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) desde el 17 de junio de 1952, y como parte de la citada Organización se encuentra el Comité de Pesca (COFI), órgano auxiliar del Consejo de la FAO, que actualmente viene a ser el único foro mundial intergubernamental en el que se examinan los principales problemas internacionales de pesca y acuicultura, y se formulan recomendaciones para los gobiernos, las organizaciones regionales de pesca, los pescadores, la FAO y la comunidad internacional;

Conforman el Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°080-2016-PRODUCE Lima, 19 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe N° 00033-2016-PRODUCE/OGAJmburstein de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, es propósito del Gobierno mejorar los estándares tecnológicos que utilizan las empresas en la producción de bienes y servicios en sectores prioritarios para reducir las brechas de competitividad; Que, el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, tiene por finalidad establecer lineamientos en materia de innovación productiva para mejorar la productividad y el desarrollo industrial en sus respectivas cadenas productivas y de valor, a través de los referidos CITE; Que, en este contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 053-2016-PRODUCE se creó el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa", de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, en consecuencia, resulta pertinente conformar el Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa CITEforestal Pucallpa; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Forestal Pucallpa - CITEforestal Pucallpa, estando integrado por los siguientes representantes: - Luis Felipe Koechlin Arce, quien lo presidirá. - Ivo Bosovich Noriega. - Carlos Eduardo Kemish Freire. - Jorge Dante Zevallos Ballesteros. Artículo 2.- El Comité Directivo se instalará dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

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