Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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de la Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) de Japón a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N°01A/14/16 de la Embajada del Japón, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-18/7 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas Notas de fecha 18 de enero de 2016. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo referido a la donación japonesa de 500 millones de yenes para la adquisición de productos de la Pequeñas y Medianas Empresa (PYMES) de Japón a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N°0-1A/14/16 de la Embajada del Japón, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-18/7 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas Notas de fecha 18 de enero de 2016. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1347790-1

suficientes para que suscriba el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre reconocimiento mutuo de diplomas, grados, títulos y periodos de estudios superiores para la continuación de estudios superiores en el país socio". Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Jaime Saavedra Chanduví, Ministro de Educación. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1347792-3

Autorizan viaje de asesora de la APCI a Tailandia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0143/RE-2016 Lima, 19 de febrero de 2016 VISTO: El Memorando (APC) N.° APC0062/2016, de 17 de febrero de 2016, remitido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, y la invitación cursada por la Cancillería del Reino de Tailandia, mediante La Nota 1603.3/628, de 12 de febrero de 2016, para participar en la III Reunión del Grupo de Trabajo de Cooperación Técnica entre Perú y Tailandia, a realizarse en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 25 al 26 de febrero de 2016; CONSIDERANDO:

Delegan a Ministro de Educación facultades suficientes para que suscriba el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre reconocimiento mutuo de diplomas, grados, títulos y periodos de estudios superiores para la continuación de estudios superiores en el país socio"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2016-RE Lima, 19 de febrero de 2016 Visto la Hoja de Trámite (GAB) N° 262, de fecha 16 de febrero de 2016, del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores; y, el Oficio N° 012-2016-MINEDU/VMGP, de fecha 16 de febrero de 2016, del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Debiéndose suscribir el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa sobre reconocimiento mutuo de diplomas, grados, títulos y periodos de estudios superiores para la continuación de estudios superiores en el país socio"; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Jaime Saavedra Chanduví, Ministro de Educación, las facultades

Que, el propósito del citado encuentro, es la evaluación de los proyectos ejecutados en el marco del Programa de Cooperación al Desarrollo entre Perú y Tailandia 2012 ­ 2015, y la revisión de nuevos requerimientos de cooperación técnica entre Perú y Tailandia; Que, la APCI ha designado como representante a la señora Johana Lúcar Olivera, asesora de la Alta Dirección, a fin de que participe en el referido evento, por ser de interés institucional y acorde con las funciones que desarrolla la mencionada entidad; Que, para la participación de la representante designada por la parte peruana, los pasajes aéreos serán financiados por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), y los viáticos serán financiados por el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; Que, mediante Memorando N.° 142-2016-APCI/OGA, de 16 de febrero de 2016, la Oficina General de Administración de la APCI informa del importe de los viáticos de la citada comisión; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándum N.º 090-2016-APCI/DEOPP, de 16 de febrero de 2016, indicó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 746, del Despacho Viceministerial, de 17 de febrero de 2016; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 0562013-PCM; el Decreto Legislativo N.º 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 075-2008-PCM; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y su Reglamento;

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