Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de febrero de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN
Dejan sin efecto el A.C. N° 1198 y autorizan a Alcalde para inscribir en los Registros Públicos la primera inscripción de dominio a favor de la Municipalidad de predio ubicado en la provincia y departamento de San Martín
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 240-2015-MPSM En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, celebrada el día lunes, 21 de diciembre de 2015, SE TRATÓ la Inmatriculación registral del predio urbano ubicado con frente principal al Jr. Yurimaguas cuadra 2, en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin, que cuenta con un área de 8,047.42 M2, a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín, presentado mediante Dictamen N° 028-2015-COAAL-MPSM, emitido por la Comisión Ordinaria de Administración y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante la Octava Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los predios que correspondan a las municipalidades en aplicación de la presente ley se inscriben en el Registro de Predios por el sólo mérito del acuerdo de concejo que lo disponga, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros. Que, conforme al artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 248-2008-SUNARP-SN, la inmatriculación es el acto por el cual se incorpora un predio al Registro. Se realiza con la primera inscripción de dominio, salvo disposición distinta. Que, conforme al artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bines Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, la resolución que dispone la primera inscripción de dominio del presión del Estado deberá publicarse por única vez en el diario oficial "El Peruano", y un extracto en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio. Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 1198, adoptado en sesión ordinaria con fecha 21 de Noviembre del 2014, que autoriza al Alcalde Walter GRUNDEL JIMÉNEZ, identificado con DNI N° 01077388, para firmar minutas y escrituras públicas cuya finalidad sea aclarar, rectificar o corregir cualquier instrumento público o privado necesario para formalizar las propiedades de la Municipalidad Provincial de San Martín; asimismo, que le faculta para firmar minutas y escrituras públicas de compra venta, desmembración, donación, permuta, rectificación de áreas y cualquier instrumento público o privado necesario para transferir el derecho de propiedad o la formalización por transferencia de propiedad a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín; del mismo modo, el Alcalde está autorizado también a firmar las minutas y escrituras públicas de aclaración y corrección que tengan por finalidad hacer firmes las transferencias a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín. Una vez formalizada la transferencia o transferencias de propiedad se autoriza al señor Alcalde a inscribir en el Registro Predial de la Oficina Registral de Tarapoto dependiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos únicamente respecto del inmueble Terreno Urbano que abarca el Campo de Futbol "Santo Toribio de Mogrovejo", ubicado detrás del Centro de

Rehabilitación y Adaptación Social (CRAS), en el distrito de Tarapoto, provincial y departamento de San Martín, que comprende un área de 9,134.90 M2. Que, mediante Dictamen N° 028-2015-COAALMPSM, la Comisión Ordinaria de Administración y Asuntos Legales, recomienda al Concejo Municipal dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Municipal adoptado en sesión ordinaria con fecha 21 de Noviembre del 2014, y autorice al Alcalde proceder a la inscripción del mencionado predio. POR LO TANTO: En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA CALIFICADA, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Municipal N° 1198, adoptado con fecha 21 de Noviembre del 2014, que autoriza al Alcalde Walter GRUNDEL JIMÉNEZ, identificado con DNI N° 01077388, para firmar minutas y escrituras públicas cuya finalidad sea aclarar, rectificar o corregir cualquier instrumento público o privado necesario para formalizar las propiedades de la Municipalidad Provincial de San Martín; asimismo, que le faculta para firmar minutas y escrituras públicas de compra venta, desmembración, donación, permuta, rectificación de áreas y cualquier instrumento público o privado necesario para transferir el derecho de propiedad o la formalización por transferencia de propiedad a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín; del mismo modo, el Alcalde está autorizado también a firmar las minutas y escrituras públicas de aclaración y corrección que tengan por finalidad hacer firmes las transferencias a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín. Una vez formalizada la transferencia o transferencias de propiedad se autoriza al señor Alcalde a inscribir en el Registro Predial de la Oficina Registral de Tarapoto dependiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ÚNICAMENTE RESPECTO DEL INMUEBLE Terreno Urbano que abarca el Campo de Futbol "Santo Toribio de Mogrovejo", ubicado detrás del Centro de Rehabilitación y Adaptación Social (CRAS), en el distrito de Tarapoto, provincial y departamento de San Martín, que comprende un área de 9,134.90 M2. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Alcalde Walter GRUNDEL JIMÉNEZ, identificado con DNI N° 01077388, para proceder a la inscripción en el Registro de Predios de los Registros Públicos de Tarapoto la Primera Inscripción de dominio a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín, del predio urbano con frente principal al Jr. Yurimaguas cuadra 2, en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin, con un área de 8,047.42 M2 (Ocho mil cuarenta y siete metros cuadrados con cuarenta y dos decímetros cuadrados), cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes: - Por el frente: Con 84.56 ml (Ochenta y cuatro metros lineales con cincuenta y seis centímetros lineales), colindando con el Jr. Yurimaguas C-02. - Por el lado derecho, entrando de la calle con dirección al fondo con 89.39 ml (Ochenta y nueve metros lineales con treinta y nueve centímetros lineales), colindando con la propiedad de la municipalidad. - Por lado izquierdo, entrando de la calle con dirección al fondo con 88.89 ml (Ochenta y ocho metros lineales con ochenta y nueve centímetros lineales), colindando con el Jr. Elías Linares C-08. - Por el respaldo, o fondo, una línea recta de 97.75 ml (Noventa y siete metros lineales con setenta y cinco centímetros lineales), colindando con la propiedad de la municipalidad. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Alcaldía, a través de la Oficina de Contabilidad y Patrimonio, la realización de los tramites notariales y administrativos que correspondan para proceder a la inscripción de la inmatriculación dispuesta, así como la publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal que dispone la primera inscripción de dominio del predio, el cual deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial "El Peruano", así como un extracto del mismo en el diario mayor circulación en la región San Martín, sin perjuicio de su publicación en el

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