Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de febrero de 2016 /

El Peruano

la celebración de trámites notariales y administrativos que correspondan a fin que proceda a inscribir en los registros públicos la primera inscripción de dominio a de esta entidad, el predio urbano ubicado en Jirón Los Nogales cuadra 1, esquina con Jirón Los Jardines cuadra 1 y Jirón Los Olivos cuadra 1, del sector Los Jardines del distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín. El Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA CALIFICADA, el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Alcalde de la Municipalidad Provincial de San Martín, a realizar los trámites notariales y administrativos que correspondan A FIN QUE PROCEDA A INSCRIBIR EN LOS REGISTROS PÚBLICOS la primera inscripción de dominio a favor de la Municipalidad Provincial de San Martín, el predio urbano ubicado en Jirón Los Nogales cuadra 1, esquina con Jirón Los Jardines cuadra 1 y Jirón Los Olivos cuadra 1, del sector Los Jardines del distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín, que cuenta con el área de 3,994.64 m2 (tres mil novecientos noventa y cuatro metros cuadrados con sesenta y cinco metros lineales), cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes: Por el frente, con 89.54 ML (ochenta y nueve metros con cincuenta y cuatro centímetros lineales), que colinda con el jirón Los Nogales cuadra 1; Por el lado derecho entrando una línea recta ligeramente inclinada hacia la izquierda con dirección al fondo, con 59.78 ML con (cincuenta y nueve metros con setenta y ocho centímetros lineales) que colinda con el jirón Los Olivos cuadra 1; Por el lado izquierdo entrando una línea recta ligeramente inclinada hacia la derecha y con dirección al fondo, con 35.52 ML (treinta y cinco metros con cincuenta y dos centímetros lineales), que colinda con el jirón Los Jardines cuadra 1; Por el respaldo o fondo con 80.61 ML (ochenta metros con sesenta y un centímetros lineales), que colinda con las propiedades de la Institución Educativa Nº 0019 y del Centro Educativo Básico Especial Nº 002 "Rehabilitación y Educación del Ciego." Artículo 2º.- ENCOMENDAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades orgánicas dependientes, asistir a la Alcaldía en la preparación y tramitación de los procedimientos necesarios, conforme a su competencia, para el cumplimiento del presente acuerdo, inclusive la publicación de un extracto del mismo en el Diario Oficial "El Peruano", en uno de circulación regional y en el portal web institucional www.mpsm.gob.pe. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la Transcripción del presente acuerdo y su comunicación a la Gerencia de Administración y Finanzas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALTER GRUNDEL JIMÉNEZ Alcalde 1349265-1

más las relaciones amistosas y profundizar la cooperación económica y técnica entre los dos países, han llegado al siguiente acuerdo: ARTÍCULO I Atendiendo a las necesidades del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno de la República Popular China conviene en proporcionar al Gobierno de la República del Perú una donación de cien millones (100'000,000.00) de yuanes de Renminbi. ARTÍCULO II La donación arriba mencionada será destinada a financiar los estudios básicos de viabilidad para el proyecto de ferrocarril bioceánico y otros proyectos que se acuerden por los dos Gobiernos. Los detalles específicos serán determinados por ambas Partes a través de acuerdos suscritos en posterior oportunidad. ARTÍCULO III Los procedimientos técnicos bancarios para la ejecución del presente Convenio serán acordados y firmados posteriormente por el Banco de Desarrollo de China y el Banco de la Nación del Perú. ARTÍCULO IV El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de la última nota mediante la cual las Partes se notifiquen mutuamente, por vía diplomática, el haber cumplido con sus procedimientos internos para tal efecto. Éste mantendrá su vigencia hasta la fecha en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo. Suscrito en la ciudad de Lima el día 22 de mayo del año 2015, en dos ejemplares originales, uno para cada Parte y cada uno de los cuales está escrito en idiomas chino y castellano, siendo ambos textos igualmente válidos. Por el Gobierno de la República del Perú ANA MARÍA LILIANA SÁNCHEZ VARGAS DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores de la República del Perú Por el Gobierno de la República Popular China GAO HUCHENG Ministro de Comercio de la República Popular China 1348917-1

CONVENIOS INTERNACIONALES

Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China
CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, con miras a desarrollar aún

Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China
Entrada en vigencia del "Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China", suscrito el 22 de mayo de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 039-2015-RE, de fecha 7 de agosto de 2015. Entró en vigor el 5 de febrero de 2016. 1348916-1

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