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591728 NORMAS LEGALES Martes 5 de julio de 2016 / El Peruano Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1400170-6 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar el costo diferencial de la nueva Escala Base del Incentivo Único DECRETO SUPREMO Nº 187-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a establecer el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo único, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos en coordinación con la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, mediante Decreto Supremo Nº 009-2016-EF, Decreto que establece el Nuevo Monto de la Escala Base del Incentivo Único previsto en la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372 y dicta otras disposiciones complementarias, se ha fi jado el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único; GRUPO OCUPACIONAL MONTO S/ Funcionario 900,00 Profesional 800,00 Técnico 650,00 Auxiliar 650,00 Que, el artículo 3 del Anexo que forma parte del citado Decreto Supremo señala que el nuevo monto de la Escala Base tiene por objetivo incrementar el monto mínimo de Incentivo Único que deben percibir los trabajadores administrativos bajo su ámbito de aplicación; en tanto que el artículo 4 del referido Anexo, establece que el nuevo monto de la Escala Base se fi ja en relación a los Grupos Ocupacionales previstos en dicha norma y resulta aplicable a cada unidad ejecutora de las Entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, siendo base para determinar el nuevo monto y la Escala del Incentivo Único en los casos que corresponda; Que, la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, establece que la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas emite la respectiva resolución directoral por cada Unidad Ejecutora, tomando en cuenta los nuevos montos de la Escala Base, determinando el monto y la Escala del Incentivo Único resultante de la implementación de la citada disposición y procede al registro de las mismas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público; Que, diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales solicitan una demanda adicional de recursos para fi nanciar el costo diferencial de la nueva Escala Base del Incentivo Único autorizado por el Decreto Supremo Nº 009-2016-EF, a través de los documentos siguientes: Ofi cio Nº 925-2016-INEI/OTPP-OEPRE del Instituto Nacional de Estadística e Informática, Ofi cio Nº 3479-2016-P-PJ del Poder Judicial, Ofi cio Nº 20-2016-IN-DM del Ministerio del Interior, Ofi cio Nº 389-2016-MP-FN-GG del Ministerio Público, Ofi cio Nº 160-2016-MINDEF/DM del Ministerio de Defensa, Ofi cio Nº 775-2016-INPE/01 del Instituto Nacional Penitenciario, Ofi cio Nº 066-2016-ONAGI-J de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, Ofi cio Nº 48-2016-VIVIENDA/SENCICO-02.00 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, Ofi cio Nº 179-R-2016 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Ofi cio Nº 0153-2016-R-UNSAAC de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, Ofi cio Nº 0262- 2016-R/UNT de la Universidad Nacional de Trujillo, Ofi cio Nº 831-2016-OUPL/UNASA de la Universidad Nacional de San Agustín, Ofi cio Nº 064-2016-UNSCH-R de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, Ofi cio Nº 000400-2016-R de la Universidad Nacional del Centro del Perú, Ofi cio Nº 141-R-UNALM-2016 de la Universidad Nacional Agraria La Molina, Ofi cio Nº 045-2016-R-UNAP de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, Ofi cio Nº 096-2016-R-UNA-PUNO de la Universidad Nacional del Altiplano, Ofi cio Nº 262-2016-R-UNPRG de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Ofi cio Nº 0262-2016-R-UNFV de la Universidad Nacional Federico Villarreal, Ofi cio Nº 192-2016-UNHEVAL-RI de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, Ofi cio Nº 107-2016-R-UNASTM de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, Ofi cio Nº 0176- 2016-R de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, Ofi cio Nº 158-2016-R-UNE de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, Ofi cio Nº 304-2016- R/UNAC de la Universidad Nacional del Callao, Ofi cio Nº 0790-2016-R-UNJFSC de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, Ofi cio Nº 337-2016-UNASAM/R de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, Ofi cio Nº 139-2016-UNSM-T/R de la Universidad Nacional de San Martín, Ofi cio Nº 094-2016-UNU-R de la Universidad Nacional de Ucayali, Ofi cio Nº 156-2016-UNAMAD-R de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Ofi cio Nº 137-2016-UNTRM-R de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Ofi cio Nº 191-2016-UNTELS-CO-P de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, Ofi cio Nº 206-2016-P-UNAM de la Universidad Nacional de Moquegua, Ofi cio Nº 306- 2016-GRA/GR del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, Ofi cio Nº 450-2016-GRH/GR del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, Ofi cio Nº 272-2016-GORE-ICA-GR del Gobierno Regional del Departamento de Ica, Ofi cio Nº 277-2016-GRJ/GR del Gobierno Regional del Departamento de Junín, Ofi cio Nº 0186-2016-GRLL-GOB del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, Ofi cio Nº 184-2016/ GOB.REG.PIURA-100000 del Gobierno Regional del Departamento de Piura, Ofi cio Nº 264-2016-GR-PUNO/ PR del Gobierno Regional del Departamento de Puno, Ofi cio Nº 131-2016-GRSM/GR del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, Ofi cio Nº 0061-2016-GRL- PRES del Gobierno Regional del Departamento de Lima y Ofi cio Nº 081-2016-GRC/GR del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la información remitida por los pliegos señalados en el considerando precedente, los montos a transferirles para fi nanciar el costo diferencial de la nueva Escala Base del Incentivo Único de las Unidades Ejecutoras de los citados pliegos asciende a la suma de CIEN MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 100 049 154,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo