Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2016 (05/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

591730

NORMAS LEGALES

Martes 5 de julio de 2016 /

El Peruano

coordinación con la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, mediante Decreto Supremo Nº 009-2016-EF, Decreto que establece el Nuevo Monto de la Escala Base del Incentivo Único previsto en la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372 y dicta otras disposiciones complementarias, se ha fijado el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único;
GRUPO OCUPACIONAL Funcionario Profesional Técnico Auxiliar MONTO S/ 900,00 800,00 650,00 650,00

Que, el artículo 3 del Anexo que forma parte del citado Decreto Supremo, señala que el nuevo monto de la Escala Base tiene por objetivo incrementar el monto mínimo de Incentivo Único que deben percibir los trabajadores administrativos bajo su ámbito de aplicación; en tanto que el artículo 4 del referido Anexo, establece que el nuevo monto de la Escala Base se fija en relación a los Grupos Ocupacionales previstos en dicha norma y resulta aplicable a cada unidad ejecutora de las Entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, siendo base para determinar el nuevo monto y la Escala de Incentivo Único en los casos que corresponda; Que, la Octogésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, establece que la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas emite la respectiva resolución directoral por cada Unidad Ejecutora, tomando en cuenta los nuevos montos de la Escala Base, determinando el monto y la Escala de Incentivo Único resultante de la implementación de la citada disposición y procede al registro de las mismas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público; Que, diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales han presentado una demanda adicional de recursos para financiar el costo diferencial de la nueva Escala Base de Incentivo Único autorizado por el Decreto Supremo Nº 009-2016-EF, a través de los documentos siguientes: Oficio Nº 293-Rect.de la Universidad Nacional de Ingeniería, Oficio Nº 125-R-UNICA-2016 de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, Oficio Nº 0588-2016-R/ UNP de la Universidad Nacional de Piura, Oficio Nº 0060-2016-R-UNC de la Universidad Nacional de Cajamarca, Oficios Nºs. 252 y 256-2016-REDO/UNJBG de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, Oficio Nº 042-2016/UNT-OGP-R de la Universidad Nacional de Tumbes, Oficio Nº 094-2016-UNS-R de la Universidad Nacional de Santa, Oficio Nº 218-2016-UNH/R de la Universidad Nacional de Huancavelica, Oficio Nº 449-2016-P-CRT-UNAMBA de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, Oficio Nº 085-2016-PCOUNAJMA de la Universidad Nacional José María Arguedas, Oficios Nºs. 427-2016-REGIONANCASHGRPPAT/SGPPTO y Nº 1124-2016-REGION ANCASHGR. del Gobierno Regional del Departamento de Ancash, Oficios Nºs. 210-2016-G.R.APURIMAC/09/GRPPAT. y Nº 224-2016-GR APURIMAC/GR del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, Oficios Nºs 290-2016/GRAORPPOT-OPT y Nº 371-2016-GRA/GR del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, Oficios Nºs 536-2016-GR.CAJ-GRPPAT/SGTP y Nº 132-2016-GR. CAJ-GR del Gobierno Regional de Cajamarca, Oficios Nºs. 203-2016-GR.CUSCO/GRPPAT y 305-2016-GR CUSCO/GR del Gobierno Regional del Departamento de Cusco, Oficios Nºs. 379-2016-GRL-P y 409-2016-GRL-P. del Gobierno Regional de Loreto, Oficio Nº 135-2016GRMS/GR del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, Oficios Nºs. 647-2016-SGPRE-GRPPAT/

GOB.REG.REG.TACNA y 329-2016-SGPRE-GRPPATGGR-G.R/GOB.REG.TACNA del Gobierno Regional del Departamento de Tacna, y Oficios Nºs. 209-2016/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT.GR. y 0108-2016/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PR del Gobierno Regional de Tumbes; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la información remitida por los pliegos señalados en el considerando precedente, los montos a transferirles para financiar el costo diferencial de la nueva Escala Base de Incentivo Único de las Unidades Ejecutoras de los citados pliegos asciende a la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 42 485 664,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 42 485 664,00), para financiar los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de los citados pliegos en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 42 485 664,00), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial de la nueva Escala Base de Incentivo Único de sus Unidades Ejecutoras, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 42 485 664,00 ------------------42 485 664,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS

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