Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2016 (07/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

592212
CUADRO RESUMEN DE MANZANAS
MANZANA LOTES ÁREA

NORMAS LEGALES

Jueves 7 de julio de 2016 /

El Peruano

I3 J3 K3 L3 N3 P3 Y3 Z3 LL3
TOTAL

48 73 55 28 66 33 1 1 7 312

5840.70 m2 9338.60 m2 12945.10 m2 3782.70 m2 9180.60 m2 4558.00 m2 4579.10 m2 956.30 m2 1972.20 m2 53153.30 m2

y Memorándum Nº 518-2016-GPP-MDLP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ambos de fecha 09 de Junio de 2016 e Informe Nº375-2015-GAJ-MDLP del 14 de Junio de 2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 397-2015-MDLPALC, de fecha 13 de Julio de 2015, se aprobó el Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de La Perla, resultando necesario que la Municipalidad Distrital de La Perla, cuente con un Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) actualizado y que concentre en un solo documento de gestión, todos los servicios no exclusivos que brindan las diferentes Unidades Orgánicas de la Entidad. Que, asimismo, la modificación de la Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT para el año 2016, no implica la modificación automática del monto de los derechos de pagos contenidos en el TUSNE; sin embargo, es necesario realizar la Reconversión de los nuevos términos porcentuales el mismo que debe publicarse en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas - PSCE, el Portal Web de la Municipalidad y en el Diario Oficial el Peruano; Que, mediante el Informe Nº 060-2016-SGDR/GSS/ MDLP de la Sub Gerencia de Deporte y Recreación y el Memorándum Nº 361-2016-GSS/MDLP de la Gerencia de Servicios Sociales, proponen la inclusión dentro del TUSNE, el servicio y derechos de pago generados por el nuevo campo deportivo de grass sintético ubicado en el parque Miguel Grau de la Urbanización Santa Luisa II Etapa, La Perla; Que, el Informe Nº 105-2016-SGPYR-GPYP/ MDLP/WMGA de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización y Memorándum Nº 518-2016-GPPMDLP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señalan que habiendo evaluado los antecedentes del citado documento de gestión, es necesario incluir en el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, el servicio y derechos de pago generados por el nuevo campo deportivo de grass sintético, así como, aprobar la Reconversión de los nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el mismo, de acuerdo a la UIT vigente para el año 2016; Que, el Informe Nº 375-2015-GAJ-MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye y opina por la procedencia de incluir el Procedimiento Nº 04 de la Sub Gerencia de Deporte y Recreación al TUSNE, el servicio y derechos de pago del nuevo campo deportivo de grass sintético ubicado en el parque Miguel Grau de la Urbanización Santa Luisa II Etapa, La Perla y aprobar la Reconversión de los nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Perla, actualizado en función de la UIT establecida para el año fiscal 2016; Que, de acuerdo a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE del año 2016 de la

CUADRO DE ÁREAS DE COMPENSACIÓN Nº 1 2 3 4
TOTAL ÁREA

1387.14 m2 480.42 m2 999.30 m2 346.48 m2 3213.34 m2

Artículo Cuarto.- DISPONER a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP la inscripción del presente acto administrativo en la Partida Nº P02247535 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, procediéndose al cambio de su condición de rustico a urbano del predio a que se refiere dicha partida registral. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Administración Tributaria, de acuerdo a sus competencias, incorporar la habilitación urbana de oficio declarada en el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Juan de Lurigancho, y Registro de Contribuyentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cuando corresponda. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el diario El Peruano, así como remitir copia certificada del mencionado acto administrativo y de los planos vinculados a ella a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y entidades públicas o privadas que correspondan con forme al ordenamiento legal vigente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDILBERTO SANCHEZ SANCHEZ Gerente Municipal 1400512-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad del año 2016
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 258-2016-A-MDLP La Perla, 15 de junio de 2016 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. VISTO: El Informe Nº 060-2016-SGDR/GSS/MDLP del 03 de Junio de 2016 de la Sub Gerencia de Deporte y Recreación, el Memorándum Nº361-2016-GSS/MDLP del 06 de Junio de 2016 de la Gerencia de Servicios Sociales, el Informe Nº 105-2016-SGPYR-GPYP/MDLP/WMGA de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización

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