Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2016 (26/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

594550

NORMAS LEGALES

Martes 26 de julio de 2016 /

El Peruano

que se encomiendan al personal militar o policial, en atención a los Cuadros de organización y funciones de cada institución, conforme a su grado, antigüedad y especialidad. ENFERMO A LARGO PLAZO.Situación administrativa que se considera al personal que presenta alteración de su condición de salud ocasionada por lesiones o enfermedades que son causa de impedimento para el ejercicio de las actividades militares o policiales por un período de tiempo mayor de 29 días, los que tendrán licencia hasta un máximo de dos años a fin de atender a su curación. EVALUACION.- Proceso médico dirigido a valorar, estimar, apreciar y controlar la condición de salud del personal militar o policial elaborando un diagnóstico. FUNCIÓN.- Conjunto de actividades que corresponde realizar a una institución o entidad, o a sus órganos o personas JUNTA MÉDICA INSTITUCIONAL.- Junta compuesta por tres o más profesionales médicos especialistas de cada Institución. Será responsable de determinar sobre asuntos relacionados con la salud del paciente, tales como evaluación, diagnóstico, tratamiento, pronóstico y recomendaciones en base a la Historia Clínica, y otros documentos Médico-Administrativos relacionados con el caso. JUNTA MÉDICA INTERINSTITUCIONAL.- Junta compuesta por Médicos Especialistas de las instituciones de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, MINSA, ESSALUD y Entidades Privadas de Salud. Será responsable de determinar sobre asuntos relacionados con la salud del paciente, en casos de difícil manejo o de mayor complejidad, en base a la Historia Clínica y otros documentos Médico-Administrativos relacionados con el caso. JUNTA DE SANIDAD INSTITUCIONAL.- Junta de naturaleza médico-administrativa y legal colegiada de tres o más profesionales Militares o Policiales, Médicos y Jurídicos, responsables de determinar sobre asuntos relacionados con la salud y grado de aptitud psicosomática de un paciente. Es convocada cuando se realiza a los enfermos o lesionado a largo plazo o cuando el caso médico lo amerite. Junta de Asesoramiento al Comando/ Dirección de Salud/Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. JUNTA DE SANIDAD ESPECIAL INTERINSTITUCIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. Junta de Asesoramiento del Ministerio de Defensa y del Interior, concordante con lo establecido en la Ley Nº12633 y su Reglamento. LICENCIA POR ENFERMEDAD. Condición médicaadministrativa del personal Militar y Policial con derecho a ella, que se encuentra con Descanso Médico u Hospitalizado a cargo de los establecimientos de salud de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, por un periodo mayor de 29 días consecutivos o acumulativos por la misma enfermedad o lesión, La fecha de inicio de proceso patológico será tomada en cuenta a partir del primer día que dejo de laborar. RECUPERACIÓN.- Restablecimiento del estado de salud parcial o total, mediante la aplicación de procedimientos médicos y/o quirúrgicos. ANEXO Nº 2 REQUISITOS QUE DEBEN ADJUNTARSE AL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO A SER EVALUADO POR LA JUNTA DE SANIDAD ESPECIAL INTERINSTITUCIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ 1. Oficio Institucional dirigida al Secretario General del Ministerio de Defensa, acompañando lo siguiente:

· Solicitud de reclamo por conducto regular, dirigida al Comando/Dirección de Personal de las Instituciones Armadas o a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, presentado por parte del personal militar y policial del interesado al Acta emitida por la Junta de Sanidad Institucional dentro los CINCO (5) días hábiles posterior a su conocimiento, para los casos que pasa al grado de aptitud Inapto. · El expediente Médico Administrativo deberá estar foliado y con Número de Registro Institucional y deberá contener: · Copias certificadas o fedateadas de la Historia Clínica, u otros documentos originales de otras instituciones de salud en copias legalizadas por Notario Público del caso a evaluar, si existiera. · Foja de Servicios emitido por el Comando/Dirección de Personal Institucional. · Acta de la Junta de Sanidad Institucional en original o copia legible fedateada, adjuntando la constancia de haber sido puesta en conocimiento al personal interesado. · Copia del Certificado de Discapacidad Institucional correspondiente, en caso de haberse emitido. · Cualquier otro documento relacionado con el caso. · En caso de existir algún reclamo a las conclusiones de la Junta de Sanidad Institucional, el expediente administrativo será elevado por conducto regular a la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional. ANEXO Nº 3 Las causas de Inaptitud Psicosomática para la permanencia en Situación de Actividad del Personal Militar y Policial, Cadetes y Alumnos de los Centros de Formación y Personal del Servicio Militar y Reenganchado, son las siguientes: I. PERSONAL MILITAR Y POLICIAL 1. Enfermedades infecciosas, (bacterianas, virales y parasitarias): a. Lepra con severas mutilaciones o trastorno psicomotor severo irreversible. b. Leishmaniasis con severas mutilaciones. c. Tripanosomiasis con lesiones cutáneas o viscerales severas. d. Toxoplasmosis e. Hidatidosis generalizada. f. Micosis profunda con severas secuelas: 1. Actinomicosis 2. Blastomicosis 3. Coccidioidomicosis 4. Criptococosis g. Secuela de enfermedades bacterianas, virales o parasitarias que condicionen u originen deterioro intelectual severo o déficit motor difuso severo o foco epileptógeno no controlado. h. Estadío avanzado del Síndrome de InmunoDeficiencia Adquirida (SIDA). 2. Tumores: a. Neoplasia progresiva e irrecuperable. b. Secuela de neoplasia con severo trastorno funcional que lo impida valerse por sí mismo. 3. Enfermedades de las glándulas endocrinas, de la nutrición y del metabolismo. a. Hipertiroidismo con exoftalmos severo no controlado. b. Amiloidosis con secuela severa. c. Síndrome de mala absorción no controlable, irreductible, progresivo y con grave compromiso del estado general. d. Diabetes Mellitus, con complicaciones severas e irreversibles. e. Obesidad Mórbida no controlable, irreductible, progresiva y con grave compromiso del estado general. 4. Enfermedades de la sangre y de los órganos hematopoyéticos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.