Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 269

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Referencia y Contra referencia, el cual permita atender oportunamente las patologías complicadas y disminuir las tasas de mortalidad que viene afectando al Distrito de San Miguel de Chaccrampa en temporadas de lluvias, heladas y friaje. Que, los Gobiernos Locales como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la gestión del riesgo de desastres en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 29664 y su reglamento vigente, así como el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la temporada de las bajas temperaturas, 2016 - 2017, el Informe Escenario de Riesgo ante la ocurrencia de Heladas y Friaje para la Gestión Reactiva - Mayo 2016, elaborado por el Centro de Procesamiento de Información Geoespacial CEPIG del INDECI; el documento "Escenario de Riesgos ante Heladas y Friaje en el Marco del Plan Multisectorial de Heladas y Friaje 2016, emitido por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED, en el Trimestre Mayo-Julio 2016; el Informe de Emergencia Nº 270-11/05/2016/ COEN-INDECI/22:00 HORAS (Informe Nº 02) ­ Situación Nacional ante las Bajas Temperaturas, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN; los Avisos Meteorológicos Nº 018, Nº 023, Nº 030, Nº 034 y Nº 035 de fecha 09 y 23 de marzo, 10, 22 y 26 de abril de 2016, respectivamente, emitidos por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú ­ SENAMHI; el Informe "Pronóstico de Bajas Temperaturas", periodo Mayo ­ Julio 2016, elaborado por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú ­ SENAMHI; y el Boletín Epidemiológico del Perú Semana Nº 16 (del 17 al 23 de abril de 2016), elaborado por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de las Enfermedades del Ministerio de Salud ­ MINSA; Que, en el ámbito de su competencia de la Municipalidad Distrital de San Miguel de Chaccrampa y considerando lo antes señalado, ha elaborado el proyecto de inversión denominado "MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS PUESTOS DE SALUD DE LAS LOCALIDADES DE CHACCRAMPA, SAN JUAN DE PAMPA, IGLESIA PATA Y SANTIAGO DE YANACULLO, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE CHACCRAMPA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC" con código de SNIP 334296, con la finalidad de adoptar medidas urgentes y necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente de enfermedades por los cambios bruscos de temperaturas se producen usualmente en los meses de Junio-Agosto de cada año y que los fenómenos meteorológicos son recurrentes, afectando con mayor incidencia a las zonas alto andinas del centro-sur del país con Heladas, siendo que actualmente se han presentado cuatro friajes desde marzo a la fecha, así como condiciones de descenso de temperaturas que se incrementan en horas de la noche con precipitaciones sólidas que ocasionan daños a la salud de las personas lo cual podría incrementarse en los próximos meses, por lo que se hace necesario adoptar medidas para la protección de la población que puede verse afectada por los fenómenos de origen natural antes indicados; Que, mediante Decreto Supremo N° 176-2016EF anexo 1-A se autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 del pliego Ministerio de Salud a favor de la Municipalidad Distrital de San Miguel de Chaccrampa para la ejecución del proyecto de inversión del pliego Ministerio de Economía y Finanzas y diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar proyectos de inversión pública "MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS PUESTOS DE SALUD DE LAS LOCALIDADES DE CHACCRAMPA, SAN JUAN DE PAMPA, IGLESIA PATA Y SANTIAGO DE YANACULLO, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE

CHACCRAMPA - ANDAHUAYLAS - APURIMAC" con código de SNIP 334296. Que, estando expuesto los considerandos, el Concejo Municipal del distrito de San Miguel de Chaccrampa justifica la necesidad de que se declare en Situación de Emergencia la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS PUESTOS DE SALUD DE LAS LOCALIDADES DE CHACCRAMPA, SAN JUAN DE PAMPA, IGLESIA PATA Y SANTIAGO DE YANACULLO, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE CHACCRAMPA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC" con código de SNIP 334296, máxime si se trata del poco tiempo que queda para la próxima temporada de lluvias y además porque la región a la fecha se encuentra afectado por las bajas temperaturas ocasionando daños en la salud de la población de San Miguel de Chaccrampa. Que, asimismo estando la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal y la Asesoría Contable y Presupuestaria de la Municipalidad Distrital de San Miguel de Chaccrampa en el ámbito de sus competencia y funciones; Que, asimismo, de lo expuesto en los considerándos antes referidos, procede autorizar y exonerar el proceso de selección correspondiente, las adquisiciones e implementar las acciones inmediatas, por la causal prevista en el inciso b) del Artículo 27º de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado y artículo 85º del Reglamento de la Ley Nº 30225 y los documentos del visto que forman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE ACORDÓ: Artículo 1º.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA la infraestructura de los establecimientos de Salud de las localidades de CHACCRAMPA, SAN JUAN DE PAMPA, IGLESIA PATA Y SANTIAGO DE YANACULLO, en el marco de lo declarado en la Resolución Nº 009-2016-ODECI-MPA y otros documentos señalados en los considerandos. Artículo 2º.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA la Ejecución de la obra "MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS PUESTOS DE SALUD DE LAS LOCALIDADES DE CHACCRAMPA, SAN JUAN DE PAMPA, IGLESIA PATA Y SANTIAGO DE YANACULLO, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE CHACCRAMPA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC" con código de SNIP 334296, en el marco de lo expuesto en los considerandos. Artículo 3º.- APROBAR la contratación Directa para la Ejecución y Supervisión de la obra "MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS PUESTOS DE SALUD DE LAS LOCALIDADES DE CHACCRAMPA, SAN JUAN DE PAMPA, IGLESIA PATA Y SANTIAGO DE YANACULLO, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE CHACCRAMPA - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC" con código de SNIP 334296, en el marco de la Ley Nº 30225 y su Reglamento Vigente. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, copia del Acuerdo y de los informes que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley, y a la Oficina de Logística su Publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, conforme a Ley. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a las Unidades Orgánicas que tengan que ver con el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WALTER UNTON DURAND Alcalde 1409219-1

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