Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 266

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de julio de 2016 /

El Peruano

Municipalidades de Centros Poblados; Ordenanza Nº 011-2007-MPC que aprueba el Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancias de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, la Ley Nº 26864- Ley de Elecciones Municipales y la Ley Nº 26859- Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable. Artículo 3º.- La Gerencia de Administración y Finanzas dispondrá los recursos que demande la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, a través de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- DISPONER a la Gerencia de Secretaria General remita la presente Ordenanza al Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 28440. Artículo 7º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comúniquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1409843-1

Que, los artículos 2 y 3 de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27619, en concordancia con los artículos 2 y 4 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, establecen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, así como que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en este contexto, la participación en el mencionado evento resulta de interés institucional para compartir experiencias sobre el proyecto denominado "Ciudadelas Educativas", lo que se enmarca dentro de las políticas de gestión de la Municipalidad Provincial de Caravelí; Que, en consecuencia, estando al otorgamiento de la disponibilidad presupuestal favorable otorgada por la Unidad Planeamiento y Presupuesto, corresponde que el Concejo Municipal autorice el viaje al exterior del Alcalde Santiago Neyra Almenara, al amparo del artículo 10, literal c), de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el artículo 9, numeral 11, de la Ley Orgánica de Municipalidades; De conformidad con los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARAVELI
Autorizan viaje de Alcalde a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2016-MPC Caravelí, 14 de julio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARAVELÍ VISTO: En Sesión Ordinaria N° 013-2016-MPC de la fecha, la invitación cursada por la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras, el Proveído de Gerencia de Administración y Fianzas y el Informe N° 008-2016-AL/ MPC, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante invitación de fecha 16 de junio del 2016, la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras formula invitación a participar en la "IV Visita Técnica Internacional a Buga Colombia", quien viene desarrollando un proyecto denominado "Ciudadelas Educativas", que dará lugar al intercambio de experiencias y conocimientos sobre el citado proyecto en cuanto a Educación, Deporte, Artes, Participación y Seguridad Ciudadana, a realizarse desde el 19 al 24 de julio del 2016 en la ciudad de Guadalajara de Buga, país de Colombia; Que, el artículo 9, numeral 11, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al concejo municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, el artículo 10, literal c), de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ley Nº 30372 establece que están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior, los altos funcionarios y autoridades del Estado señalados en el artículo 2 de la Ley 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modificatoria; entre los que se encuentran los Alcaldes y regidores distritales, cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo del Concejo Municipal, el que es publicado en el diario oficial El Peruano;

Artículo Primero.- AUTORIZAR, por interés institucional, del 19 al 24 de julio del 2016, el viaje al exterior de SANTIAGO NEYRA ALMENARA, Alcalde Provincial de la Provincia de Caravelí, para que, en representación de la Municipalidad, participe en la "IV Visita Técnica Internacional a Buga Colombia", quien viene desarrollando un proyecto denominado "Ciudadelas Educativas". Artículo Segundo.- APROBAR la Licencia a favor del Alcalde, Santiago Neyra Almenara, durante el período del 19 al 24 de julio del 2016, a fin que pueda participar en la "IV Visita Técnica Internacional a Buga Colombia", quien viene desarrollando un proyecto denominado "Ciudadelas Educativas". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, y a la Secretaría General, su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y cúmplase. SANTIAGO NEYRA ALMENARA Alcalde 1409709-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA
Autorizan viaje de Alcalde a Chile, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 123-2016-MPH/CM VISTO: En la Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio de 2016, el Oficio Circular Nº 052-2016-DGPGT-DG/MINSA de fecha 30 de junio de 2016 sobre la invitación al Pre Foro de Alcaldes de América Latina y el Caribe en la ciudad de Santiago - Chile; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de

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