Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 1 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo Octavo.- COSTAS PROCESALES, GASTOS ADMINISTRATIVOS Y GASTOS POR EMISIÓN Durante la vigencia de la presente ordenanza se condonará el 50% de las costas procesales, gastos administrativos u los gastos por emisión del valor generado por las obligaciones tributarias y no tributarias. Artículo Noveno.- PAGO ADELANTADO Los beneficios previstos por pagos adelantados se encuentran regulados por la Ordenanza Municipal Nº 021-2015-MPH "Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de limpieza Pública, Parques y áreas verdes y Serenazgo". Artículo Décimo.BENEFICIO PARA RESOLUCIONES DE SANCIÓN Y PAPELETAS DE TRÁNSITO Establézcase el beneficio de condonación de las Resoluciones de Sanción y papeletas de tránsito de la siguiente manera: Año de imposición de la Resolución Año 2014 y 2015 Año 2013 Año 2012 Año 2011 Año 2010 Descuento 20 % 30 % 40 % 60 % 80 %

VISTO: El Informe Técnico Nº 003-2016-GATyR/MDS, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº057-2016-GM/MDS, de fecha 19 de mayo de 2016, respecto a la Prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 001-2016-MDS/A que establece la Campaña de Beneficios Tributarios 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, (Ley Orgánica de Municipalidades). Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2016-MDS/A, ratificada por la Municipalidad Provincial de Huaura el 16 de febrero de 2016, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 24 de marzo de 2016, que dispone la Campaña "Beneficios Tributarios 2016", que tiene por objeto otorgar beneficios para la regulación de dudas tributarias generadas antes de la vigencia de la presente ordenanza, cualquiera fuera el estado en que se encuentren. Que, la Ordenanza Municipal citada en el párrafo precedente, en su Segunda Disposición Final, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mayor aplicación de lo dispuesto en la citada Ordenanza. Que, a través del documento del visto la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, señala que no obstante la acogida del Régimen de beneficio tributario denominado "Beneficio Tributario 2016", aún hay un importante número de contribuyentes en el distrito, mas aun en la zona de Irrigación Santa Rosa, que no se han acogido al beneficio establecido en la Ordenanza Municipal Nº 001-2016-MDS/A; por lo que, resulta necesario ampliar los beneficios otorgados a fin de que un número mayor de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones. Que, mediante Informe Nº057-2016-GM/MDS, de fecha 19 de mayo de 2016, el encargado de la Gerencia Municipal concluye que es necesario prorrogar los plazos de la Ordenanza Municipal Nº001-2016-MDS/A, por el periodo del mes de junio, julio, agosto y setiembre de 2016, que contribuirá a que el administrado en forma voluntaria efectúe sus compromisos y en merito a lograr la recaudación para cubrir los gastos proyectados por la entidad, se recomienda promulgar el Decreto de Alcaldía que establece la prórroga de la Ordenanza Municipal Nº001-2016-MDS/A, que dispone la Campaña ``BENEFICIOS TRIBUTARIOS 2016''. ESTANDO A LO EXPUESTO, A LAS NORMAS VIGENTES SEÑALADAS Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º Y EL ARTÍCULO 42º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ­ LEY Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 30 de setiembre de 2016, el plazo para acogerse a los beneficios para el pago de deudas Tributarias otorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2016-MDS/A. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, el mismo que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación del íntegro del presente Decreto en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munisayan.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1386130-1

Asimismo, se establece el beneficio de condonación intereses moratorios de las Resoluciones de Sanción y papeletas de transito emitidas en los años 2010 al 2015, dentro de la vigencia de la presente ordenanza. Este beneficio NO será aplicable a las infracciones tipificadas como M1, M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8, M9, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M27, M28, M29, M31 y M32, ni a los conductores de las unidades de servicio de transporte público, las que deben ser canceladas en su totalidad. Artículo Undécimo. INAPLICACIÓN DE BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES CON PERSONERÍA JURÍDICA Los beneficios tributarios señalados en los numerales 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5 del Artículo Tercero de la presente ordenanza será destinado exclusivamente para predios de uso casa habitación en el caso de arbitrios y/o contribuyentes de tipo persona natural, sociedad conyugal, condóminos y sucesiones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley, por 60 días calendarios. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que, de considerarlo necesario, mediante Decreto de Alcaldía disponga la prórroga de la vigencia de los alcances señalados en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1386754-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Prorrogan vigencia N° 001-2016-MDS/A de la Ordenanza

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2016-MDS Sayán, 19 de mayo de 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN

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