Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 1 de junio de 2016
ACTIVIDADES Difusión de la convocatoria de elecciones al CCLD Apertura del Libro de Registro Inscripción de Organizaciones de la Sociedad Civil FECHA, DIA Y HORA Del 30 de mayo al 17 de junio 31 de mayo 01 de junio -17 junio.

NORMAS LEGALES
LUGAR Todo el distrito de Carabayllo Sub Gerencia de Participación Vecinal Mesa de partes locales de la Municipalidad Mesa de partes Mesa de Partes Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano Locales de la Municipalidad Palacio Municipal Local Multiusos de la Municipalidad de Carabayllo. Al término de las elecciones

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de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Año 2017 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 031-2016-MDC/GPP, el Gerente de Planificación y Presupuesto señala lo siguiente: La Ley Marco del Presupuesto Participativo dispone que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto. El Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo y establece en su artículo 7º inciso 7.3 que el Gobierno Local convoca a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los Gobiernos Locales reglamentan el desarrollo del proceso participativo, para facilitar su participación. Resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil; así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso del Presupuesto Participativo para el año 2017, el cual permitirá asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo del distrito. Que, mediante el Informe Nº 079-2016-MDC/GAJ, la Gerente de Asesoría Jurídica indica que: Los artículos 197º y 199º de la Constitución Política modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 anotan que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local e, igualmente, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley. La Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos. Los artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, estipula que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos en la gestión pública; la que a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fiscalización y vigilancia existentes, y otros que dichos Gobiernos Locales establezcan conforme a Ley. La Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria la Ley Nº 29298 y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, señalan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, indican disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los Gobiernos Locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado. El Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley del Presupuesto Participativo anota en su artículo 2º literal a) que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado- Sociedad por el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Gobierno Local. Opina que el proyecto de Ordenanza concuerda con la normatividad en vigencia. Que, el artículo 7º inciso 7.3 del precitado Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, expresa que el Gobierno Local convoca a la población organizada a participar en el Proceso de Presupuesto Participativo haciendo uso

Elaboración y Publicación del 20 - 21 de junio Padrón de organizaciones Inscripción de listas de candidatos para representantes del CCLD Impugnación a los candidatos inscritos Resolución de impugnaciones Publicación del Padrón final Capacitación para candidatos del CCLD Elecciones del CCLD Publicación de resultados 22 - 30 junio 01 de julio 04 y 05 de julio 07 y 08 de julio 8 de julio 17 de julio de 8.00 a 12.00m 17 de julio

Artículo Cuarto.- CONVOCAR para el día 17 de julio del año 2016 desde las 8:00 a.m. hasta las 12 a.m., a elecciones de los (05) representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Carabayllo para el periodo 2016-2018; el mismo que se llevará a cabo en el local Multiusos de la Municipalidad de Carabayllo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, Sugerente de Participación Vecinal, Subgerente de Informática, Subgerente de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NANDY JANETH CÓRDOVA MORALES Alcaldesa (e) 1386136-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fiscal 2017 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla
ORDENANZA Nº 238-MDC Cieneguilla, 29 de abril de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 031-2016-MDC/GPP del Gerente de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 079-2016-MDC/GAJ de la Gerente de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 067-2016MDC/GM de la Gerente Municipal, referente al proyecto

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