Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de junio de 2016 /

El Peruano

Agencia de uso compartido de la Oficina Especial de uso compartido ubicada en Jr. Yavarí Nº 335, Tiendas Nº 10 y Nº 11, Zona Monumental, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que, mediante Resolución SBS Nº 7333-2013 de fecha 17 de diciembre de 2013, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el traslado de la Agencia de uso compartido ubicada en Jr. Yavarí Nº 335, Interior Tiendas 10 y 11, Zona Monumental, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, hacia la Calle Yavarí Nº 335-363, esquina con la Calle Condamine, Tiendas 07 y 08, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que, ambas compañías mediante Cartas Nº 191-2016/ LEGAL y Nº LPV-LEG-175/2016 de fechas 05 de mayo de 2016; rectifican la dirección e informan que la ubicación correcta de la referida agencia es "Calle Yavarí Nº 335363, esquina con la Calle Condamine, Tiendas 10 y 11, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto"; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Resolución SBS Nº 6285-2013; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 5829-2014 del 05 de setiembre de 2014; RESUELVE: Artículo Único.- Modificar la dirección de la Agencia de uso compartido que figura en la Resolución SBS Nº 7333-2013 de fecha 17 de diciembre de 2013, como "Calle Yavarí Nº 335-363, esquina con la Calle Condamine, Tiendas 07 y 08, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto" por la de "Calle Yavarí Nº 335363, esquina con la Calle Condamine, Tiendas 10 y 11, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto". Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1386224-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Modifican el D.A. N° 005-2016/MDC
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2016-A/MDC Carabayllo, 10 de mayo de 2016 VISTO:

tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 194ª de la Constitución Política del Perú, modificado por ley Nª 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nª 27972, ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía, se establecen normas reglamentarias procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un período de dos (2) años, entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (3) años de actividad institucional comprobada; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 005-2016-A/MDC de fecha 25 de abril de 2016, se decretó en su Artículo Primero constituir el Comité electoral que se hará cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Carabayllo ­ CCLD, para el periodo 2016-2018; Que, se decretó en su Artículo Segundo Convocar para el día 26 de junio de 2016 desde las 8:00 a.m. hasta las 12 a.m., a elecciones de los (5) representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Carabayllo para el periodo 2016-2018; el mismo que se llevara a cabo en el local Multiusos de la Municipalidad de Carabayllo; Que, se decretó en su Artículo Tercero aprobar el cronograma para el proceso electoral; y Que, con Acta de Reunión de fecha 10 de mayo del año 2016, en reunión convocada por el presidente del Comité Electoral del Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, acordaron la modificación del cronograma del proceso de Elecciones de los representantes del CCLD para el periodo 2016 ­ 2018, debiendo realizarse el acto de sufragio el 10 de julio, así como integrar como miembro del Comité electoral del CCLD al Sr. Carlomagno López Chávez; Que, con Informe Nº 308-2016-GMDH/MDC de fecha 10 de mayo de 2016 la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano solicita la modificación del Decreto de Alcaldía Nº 005-2016/MDC, asimismo la reprogramación del nuevo cronograma del proceso de elección propuesto por el Comité Electoral del CCLD 2016-2018, conforme a las coordinaciones con la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, solicitando cambio de fecha por el momento electoral que atraviesa el país, así como dar mayor apertura para la inscripción de las organizaciones participantes en el CCLD; Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades conferidas en el Art.39º y 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; y la Ordenanza Nº 0342003-A/MDC; DECRETA:

El Informe Nº 263-2016-GMDH/MDC de fecha 10 de Mayo de 2016 de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano. Remite el ACTA de reunión del Comité Electoral del Consejo de Coordinación Local CCLD 2016 ­ 2018, realizada el 10 de mayo del 2016; mediante el cual se reprograma las fechas del cronograma para el proceso electoral del CCLD, y se propone la integración al Comité Electoral al Sub Gerente de Informática CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería Jurídica de Derecho Público y

Artículo Primero.- MODIFICAR el Decreto de Alcaldía Nº 005 ­ 2016/MDC. Artículo Segundo.- INCORPORAR como miembro del Comité Electoral del CCLD al señor Carlomagno López Chávez Sub Gerente de Informática que se hará cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Carabayllo ­ CCLD, para el periodo 2016-2018. Artículo Tercero.- MODIFICAR el cronograma para el proceso electoral, que se llevará a cabo de acuerdo al siguiente detalle;

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