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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (01/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

588443 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2016 El Peruano / Que por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, publicado el 26JUL2006, se establecieron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las Entidades de la Administración Pública; que señalan los criterios de diseño y estructura que debe observar dicho instrumento, asimismo, precisando la necesidad de diseñar la organización con criterios de simplicidad y flexibilidad que permitan el cumplimiento de los fines de la Entidad con mayores niveles de eficiencia y una mejor atención a los ciudadanos, acorde con los criterios de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; siendo de obligatorio cumplimiento la sujeción de los lineamientos que se establecen en el citado Decreto Supremo; Que se ha visto por conveniente, adecuar el vigente Reglamento de Organización y Funciones de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC; Que más aún, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, se estableció que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades públicas que son considerados organismos constitucionalmente autónomos, se hará por Resolución del Titular; es decir, que en el caso del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, la aprobación de su Reglamento de Organización y Funciones se realizará a través de la correspondiente Resolución Jefatural del Titular del Pliego; Que por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 29091 y en los artículos 3° y 5° del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, el funcionario responsable, a que se refi ere el artículo 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones, al día siguiente de su aprobación; Que a fin de cumplir con las nuevas disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones, se hace necesario otorgar un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen la organización y funciones para su cabal cumplimiento; Estando a lo opinado por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y el Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil -RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013-JNAC-RENIEC (10ABR2013). Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que consta de seis títulos, catorce capítulos, doscientos treinta y ocho artículos, seis disposiciones complementarias y cinco disposiciones finales, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Disponer un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen su organización y funciones para el cabal cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones aprobado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la modifi cación de los Documentos de Gestión y Normativos que correspondan. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información efectuar la respectiva publicación en el Portal del Estado Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe, para su debida difusión entre el público usuario. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1387063-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Modifican la dirección de la agencia de uso compartido que figura en la Res. SBS N° 7333-2013, ubicada en el Departamento de Loreto RESOLUCIÓN SBS Nº 2734-2016 Lima, 13 de mayo de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: Las solicitudes presentadas por las empresas LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se rectifi que la dirección de una Agencia de uso compartido en el Departamento de Loreto, la misma que fue autorizada mediante Resolución SBS Nº 7333-2013 de fecha 17 de diciembre de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1113-2002, de fecha 07 de noviembre de 2002, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS la apertura de la Ofi cina Especial, ubicada en Jr. Yavarí Nº 363, Ciudad de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que, mediante Resolución SBS Nº 1791-2005 de fecha 05 de diciembre de 2005, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS el uso compartido de la Ofi cina Especial ubicada en Jr. Yavarí Nº 363, Of. 10, de la Ciudad de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que, mediante Resolución SBS Nº 1615-2007 de fecha 12 de noviembre de 2007, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, la modifi cación de la dirección de la Ofi cina Especial de uso compartido ubicada en Jr. Yavarí Nº 363, Ciudad de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto a Jr. Yavarí 363, Tiendas 10 y 11, Ciudad de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que, mediante Resolución SBS Nº 2585-2008, de fecha 27 de junio de 2008, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, la modifi cación de la dirección de la Ofi cina Especial de uso compartido ubicada en Jr. Yavarí Nº 363, Tiendas Nº 10 y Nº 11, Ciudad de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto a Jr. Yavarí 335, Tiendas Nº 10 y Nº 11, Zona Monumental, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento Loreto. Asimismo, mediante la Resolución SBS Nº 2689- 2008, de fecha 02 de julio de 2008 se precisó la nueva dirección de la citada Ofi cina Especial; Que, mediante Resolución SBS Nº 9358-2012 de fecha 18 de diciembre de 2012, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, la conversión en