Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

588448

NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de junio de 2016 /

El Peruano

Municipales, que se encuentran pendientes de pago y cuya recaudación efectiva, pese a haber sido objeto de acciones de cobranza, no ha sido alcanzada. Lo expresado en el párrafo precedente, obedece al déficit económico que atraviesa el país y consecuentemente la municipalidad y cada uno de los vecinos del distrito; en tal sentido, siendo política de la actual Gestión Municipal fomentar una cultura de pago otorgando mecanismos que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias, así como a la Administración Municipal recuperar los recursos que se encuentran pendientes de pago por parte de los contribuyentes, resulta imprescindible establecer un Beneficio Temporal Especial de Regularización Tributaria que permita a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones ante la Administración Municipal y reducir las cuentas por cobrar, proyectándose como resultado una mejora en la prestación de los servicios de limpieza pública, parques y jardines, y de serenazgo, así como en los programas de apoyo y ayuda social y en la ejecución de actividades y proyectos. Asimismo, la estrategia señalada permitirá promover el pago oportuno del Impuesto Predial Ordinario 2016, permitiendo asegurar el cumplimiento de la Meta Nº 21 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del presente ejercicio, denominada "Efectividad corriente del Impuesto Predial, registro de información en el aplicativo informático e información sobre el hipervínculo tributos municipales". La aprobación de los Beneficios de Regularización Tributaria tiene por finalidad permitir que aquellos contribuyentes que presentando obligaciones tributarias pendientes de pago, opten por acogerse a sus alcances, eventualmente saneen su situación de morosidad y eviten las sanciones que establece la legislación vigente, evitando un costo adicional como el de un procedimiento de Ejecución Coactiva, lo cual perjudica al contribuyente así como a la administración. La Ordenanza propuesta contempla entre sus alcances los siguientes beneficios tributarios: Impuesto Predial A aquellos contribuyentes que tengan deudas por concepto de Impuesto Predial correspondiente al año 2015 y anteriores, se les concederá un descuento de intereses moratorios y la condonación de las multas tributarias en función al estado de cancelación del Impuesto Predial del 2016, con las salvedades indicadas en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, como se aprecia en el siguiente cuadro:
Estado de cancelación del Impuesto Predial 2016 Cancelado el 1er y 2do trimestre Predial 2016 Cancelado del 1ro al 4to trimestre Predial 2016 Descuentos Intereses 100% Multas tributarias 2016 No aplica descuento 100% Multas tributarias 2015 y anteriores 100% si se cancela o ha cancelado la totalidad del impuesto predial del año al que corresponde la multa

El descuento de multas tributarias aplicará automáticamente si se cancela o se ha cancelado la totalidad de Impuesto predial del año al que corresponde la multa. Arbitrios Municipales Para el caso de los contribuyentes que tengan deudas tributarias pendiente de pago por concepto de Arbitrios Municipales correspondientes al año 2015 y anteriores, el presente beneficio les concederá un descuento del 100% de los intereses que se hubiesen generado, con las salvedades indicadas en Artículo 3º de la presente Ordenanza. Asimismo, se les concederá un descuento del insoluto de los Arbitrios de manera progresiva según el año al que correspondan y en función al estado de cancelación del Impuesto Predial del 2016, como se muestra en el siguiente cuadro:
Cancelado el 1er y 2do trimestre Predial 2016 Intereses 2015 2014 2013 2012 2011 y anteriores 100% Insoluto 10% 20% 30% 40% 60% 100% Cancelado del 1ro al 4to trimestre Predial 2016 Intereses Insoluto 15% 25% 45% 60% 90%

Año

Vigencia.De conformidad con lo preceptuado en el primer párrafo de la Norma X del Título Preliminar del Código Tributario, se proyecta establecer la vigencia de la Ordenanza propuesta desde el 01 de junio de 2016, hasta el 30 de junio de 2016, previa publicación en el Diario Oficial El Peruano. Análisis del Costo Fiscal y Beneficio Económico.El Costo Fiscal de la medida propuesta corresponde a aquellos ingresos que dejarán de percibirse producto de las condonaciones establecidas en el Beneficio Tributario, por lo que a efecto de identificarse el valor de dichos costos debe estimarse el impacto del beneficio en función a la eficiencia de la recaudación por ejercicios conforme a lo siguiente:
Estimación del Impacto del Beneficio que se propone - Impuesto Predial Efectividad 1er semestre (%) 1.21 3.31 4.92 11.06 26.10 Efectividad beneficio (%) 0.40 1.10 1.64 Recaudación esperada (S.) 26,365.43 16,172.28 30,731.77 Intereses condonados (S.) 34,144.29 8,840.71 12,645.79 27,686.74 51,182.52

Años < 2011 2012 2013 2014 2015

Insoluto 6,536,882.57 1,465,765.96 1,873,888.33 2,929,953.77 5,237,024.84

3.69 108,017.63 8.70 455,621.16

100%

Total

636,908.27 134,500.05

Estimación del Impacto del Beneficio que se propone - Arbitrios Efectiv. 1er semestre (%) 1.21 3.31 4.92 11.06 26.10 Total Condonación Intereses 27,575.26 18,287.65 22,074.36 47,438.19 48,885.04 164,260.51 Insoluto 27,907.34 20,607.77 25,594.50 48,964.17 80,202.94 203,276.72

Años < 2011 2012 2013 2014 2015

Insoluto 7,687,971.77 3,112,956.62 3,468,089.59 5,312,567.83 6,145,819.43

Efectividad beneficio (%) 0.40 1.10 1.64 3.69 8.70

Insoluto acogido (S.) 31,008.15 34,346.29 56,876.67 195,856.67 534,686.29

Descuento % 90.00 60.00 45.00 25.00 15.00

Recaudación esperada (S.) 3,100.82 13,738.52 31,282.17 146,892.50 454,483.35 649,497.35

En función a las estimaciones antes señaladas, es posible determinar un Costo Fiscal constituido por los porcentajes del insoluto de Arbitrios, así como por el total de intereses de Impuesto Predial y Arbitrios de los años 2015 y anteriores, sujetos a condonación, los cuales en suma equivalen a S/ 502,037.29 Soles.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.