Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2016 (05/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 5 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

588859

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban "Directiva que establece el procedimiento para la designación y la remoción de Directores y Gerentes en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales Incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 008-2016-OTASS/CD Lima, VISTOS: El Informe N° 03-2016-OTASS-DPGC y el Memorándum N° 025-2015-OTASS/DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo; e Informe N° 017-2016-OTASS/ OAJ formulado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; el cual es el encargado de ejecutar la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento a cargo de las EPS; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1240 se modificó la Ley N° 30045, precisando que es función del OTASS, entre otras, evaluar la solvencia económica y financiera, la sostenibilidad de la gestión empresarial y la sostenibilidad de la prestación de los servicios de la EPS, y de ser el caso, determinar la aplicación al Régimen de Apoyo Transitorio; Que, el artículo 20° de la Ley N° 30045 prevé que el Régimen de Apoyo Transitorio tiene por objeto el reflotamiento de la EPS y es declarado por Acuerdo del Consejo Directivo del OTASS. Asimismo el artículo 26° de la citada Ley, dispone que durante el período del Régimen de Apoyo Transitorio, el OTASS sustituye en las funciones y atribuciones a la Junta General de Accionistas o Junta de Socios de las EPS municipales incorporadas al citado régimen, pudiendo designar y/o remover de sus cargos y funciones a los miembros del Directorio, Gerente General y demás Gerentes de estas EPS; Que, en ese sentido, el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado con Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, establece que es función del Consejo Directivo del OTASS, "Aprobar normas y lineamientos de carácter general que regulen la administración y gestión de las EPS"; así como, "Designar a los directores y gerentes para la conducción de las fases de ordenamiento y reflotamiento de EPS incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio"; Que, mediante Informe N° 03-2016-OTASS-DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo, ha formulado el proyecto de "Directiva que establece el procedimiento para la designación y la remoción de Directores y Gerentes en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales Incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio"; De conformidad con lo señalado en la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de

Saneamiento y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA, Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión N° 007-2016-CD/OTASS del Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento- OTASS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 002-2016-OTASS/ CD "Directiva que establece el procedimiento para la designación y la remoción de Directores y Gerentes en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales Incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio". Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y de la Resolución y la Directiva aprobada en el artículo primero en el Portal Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 1388839-1

Aprueban el "Reglamento de Supervisión y Fiscalización del Buen Gobierno Corporativo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) Municipales"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 011-2016-OTASS/CD Lima, VISTOS: El Informe N° 026-2016-OTASS/DPGC de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo y el Informe N° 079-2016-OTASS/OAJ formulado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; el cual es el encargado de ejecutar la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento a cargo de las EPS; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1240 se modificó la Ley N° 30045, precisando que es función del OTASS supervisar, fiscalizar y sancionar el incumplimiento de las obligaciones legales o técnicas de las EPS contenidas en la legislación aplicable al sector saneamiento y en la normativa emitida por el Ente Rector y el OTASS, respecto a materias tales como, composición de directorio, designación y remoción de los integrantes del directorio y gerente general, normas referidas a la rendición de cuentas, régimen de apoyo transitorio, entre otros; Que, el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA, establece que el OTASS, ejerce competencias en materia normativa, promotora, supervisora, fiscalizadora y de reflotamiento sobre la administración y gestión de las EPS como entidades empresariales encargadas de la prestación de los servicios públicos de saneamiento;

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