Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2016 (09/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 9 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

589079

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, del señor Luis Alberto Torres Paz, del 9 al 11 de junio de 2016, para que en representación de PROMPERÚ, participe en las reuniones a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos N° Total Clase Económica día días Viáticos US $ US $ 539,00 370,00 2 740,00

Nombres y apellidos Luis Alberto Torres Paz

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Luis Alberto Torres Paz, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1390353-1

Que, el artículo 7° de la Resolución Ministerial N°3962014-MINEDU, modificado por Resolución Ministerial N° 269-2015-MINEDU, establece entre las funciones del Consejo Directivo Ad-Hoc, aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión para ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del SINEACE y los procesos en desarrollo; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad-Hoc N°093-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, se aprobó la "Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Ente Rector del SINEACE", la misma que ha sido modificada por Resolución N° 063-2016-SINEACE/CDAH-P, de fecha 30 de mayo 2016; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°097-2015-COSUSINEACE/CDAH-P y sus modificatorias, se aprobó la "Norma que define la estructura de puestos del Ente Rector del SINEACE", encontrándose dentro de ella el Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, como cargo de confianza; Que, asimismo, mediante el informe de visto, la Secretaria Técnica manifiesta que en virtud de la modificación de la "Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Ente Rector del SINEACE", donde se establecen nuevas funciones a cargo de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, corresponde emitir el acto resolutivo mediante el cual se designa al profesional que se encargará de las mismas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, Ley N° 30220, Ley Universitaria; y Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a LUZ ADRIANA PEDRAZA BECERRA, en el cargo de Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea notificada a la profesional indicada en el artículo precedente, así como a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos para los trámites correspondientes. Artículo 3°. - Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1389564-1

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Designan Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del SINEACE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 069-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 6 de junio de 2016 VISTO: El Informe N° 024-2016-SINEACE/P-ST, del 06 de junio 2016, emitido por Secretaría Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa define a dicho sistema como el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educación Nº28044, y promover su desarrollo cualitativo; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declaró en reorganización el SINEACE, autorizando al Ministerio de Educación a que mediante resolución ministerial constituya un Consejo Directivo Ad-Hoc para el Sistema, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del organismo y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de su reorganización;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolución de Superintendencia N° 207-2014/SUNAT que dicta normas complementarias para la aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1103
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 139-2016/SUNAT Lima, 6 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1103, que establece medidas de control y fiscalización en la

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