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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (19/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 29

589987 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2016 El Peruano / Vista la solicitud de la empresa STAR UP S.A. - STAR PERU, sobre Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de Carga; CONSIDERANDO: Que, la empresa STAR UP S.A. - STAR PERU cuenta con el Certi fi cado de Explotador Nº 008 – Revisión 01 expedido el 26 de marzo del 2015 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP 119NE y RAP 135NE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 155-2012- MTC/12 del 14 de mayo del 2012 publicada en el diario ofi cial El Peruano el 03 de junio del 2012, se otorgó a la empresa STAR UP S.A. - STAR PERU, el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de Carga por el plazo de cuatro años contados a partir del 04 de junio del 2012 vigente hasta el 04 de junio del 2016; Que, mediante Documento de Registro N° T-069902- 2016 del 10 de marzo del 2016 y Documento de Registro Nº 097966-2016 del 08 de abril del 2016 la empresa STAR UP S.A. - STAR PERU solicitó la Renovación del Permiso de Operación antes señalado bajo las mismas condiciones establecidas; Que, según los términos del Memorando Nº 0730- 2016-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 048-2016-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 052-2016-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 215-2016-MTC/12.07 emitido por el Director de Certi fi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modi fi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa STAR UP S.A. - STAR PERU, la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de Carga, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 05 de junio del 2016, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 155-2012-MTC/12 del 14 de mayo del 2012. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa STAR UP S.A. - STAR PERU deberá contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico – fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular de Carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional.MATERIAL AERONAUTICO:- BAE 146