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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (22/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 145

590383 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2016 El Peruano / efectúa el JEE y el Jurado Naciones de Elecciones, de ser el caso, para apreciar las coincidencias y discrepancias entre ambos referidas a las observaciones identi fi cadas por la ODPE. Análisis del caso concreto3. En el presente caso, el acta electoral fue observada debido a que el total de votos es mayor que el total de ciudadanos que votaron. Ahora bien, realizado el cotejo entre los ejemplares del acta electoral correspondientes a la ODPE (sobre plomo), al JEE (sobre celeste) y al Jurado Nacional de Elecciones (sobre verde), se advierte que todos ellos contienen los mismos datos y cifras, a saber: ORGANIZACIONES POLÍTICAS TOTAL DE VOTOS 1 PERUANOS POR EL KAMBIO 116 2 FUERZA POPULAR 127 VOTOS EN BLANCO 1VOTOS NULOS 9 VOTOS IMPUGNADOS TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 253 TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 250 TOTAL DE ELECTORES HÁBILES 287 4. Teniendo en cuenta estos datos, se aprecia que la cifra consignada como total de ciudadanos que votaron (250) es menor a la suma de los votos emitidos, en blanco, nulos e impugnados (253). En esa medida, el razonamiento seguido por el JEE, al momento de resolver la observación advertida, ha sido el correcto, en tanto el artículo 15, numeral 15.3, del Reglamento establece que, ante esos supuestos, se deberá anular el acta electoral y consignar como votos nulos el total de los ciudadanos que votaron, vale decir, 250. 5. En consecuencia, la resolución emitida por el JEE se encuentra arreglada a ley, por lo que corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto por la organización política Fuerza Popular. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto Mejía Lecca, personero legal titular del partido político Fuerza Popular, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución 001-2016-JEE-LC1/JNE, del 6 de junio de 2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que declaró nula el Acta Electoral Nº 030885-93-E, del distrito, provincia y departamento de Lima, y consideró como total de votos nulos la cifra 250, en el marco del proceso de Elecciones Generales 2016 - Segunda Elección Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TÁVARA CÓRDOVAFERNÁNDEZ ALARCÓNAYVAR CARRASCOCORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZSamaniego Monzón Secretario General 1395497-14JURADOS ELECTORALES ESPECIALES Disponen la publicación de la Proclamación Descentralizada del resultado del cómputo de la Segunda Elección Presidencial, en lo distritos de Ate, Chaclacayo, Cieneguilla, Lurigancho y Santa Anita JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 1 RESOLUCIÓN N.º 02 LIMA, LIMA, ATE EXPEDIENTE Nº 089-2016-JEE-LE1-ATE/JNE Ate, 21 de junio de 2016 VISTA: El Acta Descentralizada de Proclamación de resultados de cómputo de la Elección de Presidente y Vicepresidentes de la República, realizada el domingo 05 de junio de 2016, y, CONSIDERANDOS: De acuerdo con el artículo 316º Ley Orgánica de Elecciones, se realizó en la fecha 21 de junio del 2016, en el local institucional, de este Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, la “Proclamación de resultados descentralizados”. En consecuencia, al haberse llevado a cabo la audiencia, conforme se advierte del Acta que antecede, ésta debe ser publicada conforme a lo establecido por el último párrafo artículo 317º del mismo cuerpo legal, en el diario Oficial el Peruano, lo que corresponde al quinto punto del Acta de Proclamación: 5. PROCLAMACIÓN DESCENTRALIZADA DEL RESULTADO DEL CÓMPUTO DE LA SEGUNDA ELECCIÓN PRESIDENCIAL OBTENIDA POR CADA UNA DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS PARTICIPANTES, PROVINCIA POR PROVINCIA: A continuación, este Jurado Electoral Especial proclama que los resultados descentralizados de la segunda elección presidencial realizada el domingo 5 de junio de 2016, son los siguientes: DISTRITO DE ATE ORGANIZACIÓN POLÍTICA CANTIDAD DE VOTOSPORCENTAJE VOTOS VALIDOSPORCENTAJE VOTOS EMITIDOS FUERZA POPULAR 188,499 56.603% 53.934% PERUANOS POR EL KAMBIO 144,519 43.397% 41.350%TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 333,018 100.000% 95.284%VOTOS EN BLANCO 1,904 0.545% VOTOS NULOS 14,580 4.172%TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 349,502 100.000% TOTAL DE ELECTORES HABILES EN: ATE 401652 TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 349502 DISTRITO DE CHACLACAYO ORGANIZACIÓN POLÍTICA CANTIDAD DE VOTOSPORCENTAJE VOTOS VALIDOSPORCENTAJE VOTOS EMITIDOS FUERZA POPULAR 15,419 50.819% 46.791%PERUANOS POR EL KAMBIO 14,922 49.181% 45.283%TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 30,341 100.000% 92.074% VOTOS EN BLANCO 895 2.716% VOTOS NULOS 1,717 5.210% TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 32,953 100.000% TOTAL DE ELECTORES HABILES EN: CHACLACAYO38806 TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 32953