Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2016 (30/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 30 de junio de 2016

NORMAS LEGALES
PETICION DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN

591375



SOLICITANTE

UBICACIÓN

predios indicados en el Artículo Primero lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.

ABDÓN 6 QUINTO

Predio ubicado en el Lote 03 y 04A de la Asociación ROMANI de Productores Agrícolas Los Carrizales de Carapongo.

RDMB a I2

Lima, 23 de junio de 2016 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima

7

Predio ubicado en la OSWALDA BERNABÉ Manzana "A" SubLote 01, ALCANTARA Urb. Los Tulipanes.

RDMB a CE

1397924-1

Predio denominado Area de Compensación "A2" 8 GERMÁN PABLO con frente a la Calle 2, de PALOMINO SANCHEZ la Lotización Pre-urbana Nievería. Predio ubicado en el Lote 4, Mz. P, con frente MOSCOSO a la Calle 8, Lotización Pre-Urbana Tipo Huerta Nevería 2º Etapa.

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
RDM a I1

9

ADOLFO DEZA

RDMB a CZ

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 309, que establece beneficio de regularización extraordinaria de edificaciones de uso residencial ejecutadas sin licencia municipal en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2016 La Molina, 24 de junio de 2016

Predio ubicado en la Urbanización San Antonio DISTRIBUIDORA ERICK de Carapongo, Avenida 2 10 S.R.L. (hoy Avenida Carapongo) Manzana C-1, Lote 09. Predio ubicado en JUSTINO ATENCIO C a r a p o n g o - P a r c e l a GUTIERREZ A-Número de Parcela 3A-Parte de la Parcela 4. Predio ubicado en la LUIS ALBERTO Parcela C del Fundo SAKIHARA SAKIHARA Nievería. Predio ubicado en la Av. Media Luna 1era. Etapa, Urb. Huertos de Media Luna, Programa de Vivienda Las Terrazas de Media Luna.

RDM a CZ

EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTOS: El Informe N° 192-2016-MDLM-GDUESGOPHU de la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, el Informe N° 040-2016-MDLMGDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico y el Informe N° 204-2016-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 309 "Ordenanza que Establece Beneficio de Regularización Extraordinaria de Edificaciones de Uso Residencial Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina"; y, CONSIDERANDO:

11

RDMB a CZ

12

I2 a RDM

13 PAMERSA SAC.

PTP, ZRE-1, RDM a RDM

Predio ubicado en la esquina de la Av. 5 de INVERSIONES PICORP Agosto (Las Torres) con 14 SAC. Calle Los Ángeles (Calle 8), Manzana A, Lote 1, Lote 2 y Lote 23. Predio ubicado en el Sub Lote Nº 1 del Lote Acumulado C-3-B y E-3 Sección San José del Fundo Chacrasana. Predio ubicado en el Sub Lote Nº 2 del Lote Acumulado C-3-B y E-3 Sección San José del Fundo Chacrasana. Predio ubicado en el Sub Lote Nº 3 del Lote Acumulado C-3-B y E-3 Sección San José del Fundo Chacrasana.

ZRE-1 a CZ

15

BZ GRID S.A.C.

RDM a CZ

16 BZ GRID S.A.C.

RDM a CZ

17 BZ GRID S.A.C.

RDM a CZ

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley 30305, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, mediante Ordenanza Nº 309, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de marzo de 2016, se estableció un plazo extraordinario para la regularización de edificaciones sin licencia municipal, de uso residencial, ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2015, señalando en su Primera Disposición Final que la mencionada Ordenanza estaría vigente hasta el 30 de junio de 2016; puntualizando en la Tercera Disposición Final de la misma, la facultad del señor Alcalde para aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente; Que, el Artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prescribe: "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal."; Que, mediante Informe Nº 192-2016-MDLMGDUE-SGOPHU la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas propone la prórroga de la Ordenanza N° 309 - "Ordenanza que Establece Beneficio de Regularización Extraordinaria de Edificaciones de

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