Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2016 (03/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES
VISTOS

Jueves 3 de marzo de 2016 /

El Peruano

proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolución que aprueba la propuesta del PR-NODO SUR, para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados. Que, finalmente se ha emitido el Informe Técnico N° 133-2016-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Legal N° 140-2016-GRT de la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29970, Ley que Afianza la Seguridad Energética y Promueve el desarrollo de Polo Petroquímico en el Sur del País; en la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica"; así como en sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 09-2016. SE RESUELVE Artículo 1°.- Disponer la publicación, en la página Web de Osinergmin www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la propuesta del nuevo Procedimiento Técnico del COES "Régimen aplicable a las centrales de generación del Nodo Energético en el Sur del Perú", conjuntamente con el procedimiento propuesto, su exposición de motivos, el Informe Técnico N° 140-2016GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Legal N° 133-2016-GRT de la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Definir un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: PRCOES@osinergmin.gob. pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 06:00 p.m. Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1351702-3

La propuesta presentada por el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (en adelante "COES"), mediante carta COES/D-408-2015, para aprobar el nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 31 "Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación", y la propuesta considerando la absolución de observaciones, presentada mediante carta COES/D-040-2016. CONSIDERANDO Que, el literal c), del numeral 3.1, del Artículo 3°, de la Ley N° 27332, "Ley Marco de Organismos Reguladores", señala que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, el Artículo 21° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, precisa que corresponde a Osinergmin dictar de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podrán definir los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios; Que, de conformidad con el Artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolución que aprueba el nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 31 "Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación", para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados; Que, finalmente se ha emitido el Informe Técnico N° 137-2016-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Legal N° 141-2016-GRT de la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica"; en el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, así como en sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 09-2016. SE RESUELVE Artículo 1°.- Disponer la publicación, en la página Web de Osinergmin www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba el nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 31 "Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación", conjuntamente con el procedimiento propuesto, su exposición de motivos, el Informe Técnico N° 137-2016-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Legal N° 141-2016-GRT de la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Definir un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de

Disponen la publicación del proyecto de resolución que aprueba el nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 31 "Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación", exposición de motivos e informes
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 045-2016-OS/CD Lima, 2 de marzo de 2016

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