Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2016 (03/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Jueves 3 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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MDG, de fecha 9 de noviembre de 2015, a través del cual el Concejo Municipal de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, declara la vacancia del regidor Víctor Manuel Terrones Carranza, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE, por ahora, la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Benjamín Wander Mora Costilla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. Artículo Tercero.- REQUERIR a los integrantes del Concejo Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, para que dentro del plazo de tres días hábiles, luego de habérseles notificado con el presente pronunciamiento, cumplan con notificar al regidor Víctor Manuel Terrones Carranza las copias certificadas del acta que contiene el Acuerdo de Concejo N° 111-2015-MDG, que aprobó su vacancia en el cargo, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asimismo, para que, transcurrido el plazo de quince días hábiles establecido en el artículo 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, remitan los respectivos cargos de notificación y la constancia que declara consentido el acuerdo adoptado, en caso de que no haya sido materia de impugnación, o, en caso contrario, eleven el expediente administrativo de vacancia, bajo apercibimiento de remitir copias certificadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de La Libertad, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno para que evalúe la conducta de los miembros del concejo edil de acuerdo con sus competencias. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1351746-1

política de la nación, así como el de gestionar lo que no está prohibido por ley. 2. De conformidad con el artículo 114 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, están impedidos de ser candidatos al Congreso, los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serles concedida sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones. Este impedimento se aplica, de igual manera, a los candidatos a representantes ante el Parlamento Andino. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los regidores que quieran ser candidatos a los cargos de congresista o representante ante el Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2016, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0286-2015-JNE, de fecha 5 de octubre de 2015, estas autoridades al ser consideradas funcionarios públicos, por ser elegidos mediante voto popular, deben solicitar licencia sin goce de haber conforme se expresa en el considerando precedente. 4. En el caso concreto, se aprecia que mediante el Acuerdo de Concejo N° 029, de fecha 4 de febrero de 2016 (fojas 02), el Concejo Municipal de la Municipalidad de Lima Metropolitana concedió la licencia que el 28 de enero de 2016 solicitó el regidor Rafael Gustavo Yamashiro Ore, por el periodo comprendido entre el 10 de febrero y el 10 de abril de 2016 (único considerando). 5. Así, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0286-2015-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Alfredo Arcadio Lozada Bonilla, identificado con DNI N° 07885562, candidato no proclamado del partido político Partido Popular Cristiano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Metropolitano de Lima. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Rafael Gustavo Yamashiro Ore, regidor del Concejo Metropolitano de Lima, provincia y departamento de Lima, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Alfredo Arcadio Lozada Bonilla, identificado con DNI N° 07885562, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Metropolitano de Lima, provincia y departamento de Lima, en tanto esté vigente la licencia concedida a Rafael Gustavo Yamashiro Ore, para lo cual se le debe otorgar la correspondiente credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1351746-2

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Metropolitano de Lima, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN N° 0077-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00072 LIMA - LIMA - LIMA Lima, nueve de febrero de dos mil dieciséis VISTO el Oficio N.º 110-2016-MML-SGC, presentado el 8 de febrero de 2016 por José Manuel Villalobos Campana, secretario general del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el cual se comunica la licencia concedida al regidor Rafael Gustavo Yamashiro Ore, con motivo de las Elecciones Generales 2016. CONSIDERANDOS 1. Los numerales 17 y 24, literal a, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establecen que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida

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